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 lunes, 18 de octubre de 2004

Editorial:
Un fallo para discutir

En un episodio inédito, la Cámara Civil se pronunció días pasados en Buenos Aires a favor de la madre y privó al padre de la patria potestad por no cumplir con el pago de la cuota alimentaria. Fue un fallo penal por incumplimiento de la asistencia familiar que se basó en una igualmente singular condena a prisión dictada años atrás contra el mismo hombre y por los mismos motivos. Justo o no, el caso no pasó para nada desapercibido y dio lugar a discusiones entre especialistas en el tema familia y en distintos ámbitos. Hubo quienes calificaron de infrecuente la resolución, considerando como más usual el hecho de condenar a prisión en suspenso a un padre que no cumple con el aporte alimentario. Ciertamente no faltaron quienes creen que hará recapacitar a muchos progenitores que, de ahora en más, deberán entrar en razones y cumplir con sus roles.

En el caso presente, el padre, divorciado hace doce años de su mujer con quien tuvo dos hijas, en los hechos es probable que no vea modificada las relaciones paterno-filiales por causa del fallo ya que las chicas son adolescentes y seguramente tendrán sus criterios formados. No obstante, para otros expertos, se trató de una pena extrema que sólo se condice cuando median causales mucho más graves. Es que la sanción al padre incumplidor no remediará la falta de la cuota alimentaria, aunque en rigor a la verdad el sancionado no dejó nunca de pagar sino que pasaba a su familia menos dinero porque su condición laboral se había modificado y está económicamente quebrado.

Entre los argumentos críticos al fallo se apuntó que una decisión de esta naturaleza hasta puede contribuir a que los hijos padezcan una doble pérdida, como lo es privarlos de la tutela paterna. Por otra parte cabría preguntarse si tan drástica decisión no atenta contra los derechos del niño. Además, el antecedente que recae en el hombre acaso sirva para generar consecuencias difíciles en el ámbito social o traumáticas no sólo para él en el futuro, cuando el padre de hoy sea mañana abuelo.

Indudablemente el caso del ingeniero y la dermatóloga, tales las profesiones de los involucrados, sentará un antecedente más cultural que jurídico. Pero constituye una oportunidad de debatir ideas, más allá de la indudable corrección del fallo ceñido a la fría estrictez de la ley. Porque como dicen los especialistas, se deben buscar frente a estas situaciones resoluciones familiares y sociales antes que penalizar, ya que el aumento de la pena no disuade el delito. Importante será que el espacio de meditación que se le asigne a la discusión de este episodio sirva al propósito de que la evolución jurídica propicie modificaciones que conlleven a pensamientos superadores. Y que velen, siempre, por el núcleo familiar.

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