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 miércoles, 14 de abril de 2004

El Senado sancionó la ley que aumenta las penas por portación de armas

Los senadores convirtieron en ley esta noche el proyecto que endurece las penas para la portación y tenencia de armas, que la semana pasada obtuvo la media sanción de la Cámara baja.

El proyecto que tuvo origen en el Senado y fue girado con modificaciones por Diputados obtuvo 48 votos a favor y cuatro en contra, de los senadores Vilma Ibarra (Frente Grande-Capital Federal), Jorge Yoma (PJ-La Rioja), Rubén Giustiniani (PS-Santa Fe) y Marcelo López Arias (PJ-Salta).

De esta manera, el Congreso logró la segunda sanción de una ley en materia de inseguridad, tras el petitorio presentado por Juan Carlos Blumberg en el marco de la marcha realizada hace dos semanas.

El proyecto aprobado hoy establece que la fabricación, suministración, elaboración de explosivos, bombas, materiales radiactivos que permitan contribuir a delitos contra la seguridad serán penalizados con prisión de 5 a 15 años.

También fija que la tenencia de esos materiales se sancionará con penas de tres a seis años de prisión y que la simple tenencia de armas de fuego de uso civil se sancionará con prisión de seis meses a dos años (excarcelable) y con multas de 10.000 pesos.

En el caso de las armas de guerra, la tenencia ilegal tendrá una pena de cárcel de dos a seis años de prisión (excarcelable con la pena mínima) y la portación ilegal será penalizada con prisión de tres años y seis meses a ocho años y seis meses.

Sobre la portación ilegal de armas de fuego de uso civil, el proyecto establece que tendrá una pena de uno a cuatro años (la pena mínima es excarcelable).

Por último establece que el acopio de armas de fuego sin la debida autorización tendrá reclusión de cuatro a diez años y que será reprimida con prisión de tres años y seis meses a ocho años y seis meses a la persona que entregue un arma a un menor de 18 años. (DYN-Télam)



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