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 sábado, 28 de febrero de 2004

Storni juega su última carta ante la Corte de la Nación

Santa Fe.- El ex arzobispo de Santa Fe Edgardo Storni, procesado por abusos sexuales a seminaristas y coacción contra el padre José Gunterm, jugó su última carta judicial al presentar ayer un recurso extraordinario de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de la Nación contra el fallo de su similar de Santa Fe.

En esa instancia del abogado Eduardo Jauchen, se requiere que admita la presentación para que considere nulo el fallo de la Corte santafesina, de la Sala Penal, el procesamiento, y dicte sobreseimiento al ex arzobispo.

Storni reside en La Falda, prácticamente recluido y sin brindar reportajes, decidiendo pelear en la Justicia hasta las últimas consecuencias a pesar de la condena social, que ya tiene sentencia.

Entre los hechos que plantea el letrado de Storni se denuncia la violación de las garantías constitucionales del debido proceso, defensa en juicio, prohibición de la doble persecución penal, rechazo arbitrario de la palmaria prescripción de la acción penal, nulidad de la resolución que rechaza la proscripción, menoscabo a los principios de logicidad máxima y razón suficiente, y como consecuencia de todo ello la vulneración a la garantía constitucional a la dignidad humana en que se encuentra afectada la persona de Storni al pretenderse, indebida e innecesariamente, un proceso en su contra con todas las restricciones y los estigmas que esto implica, cuando la acción está prescripta y no existe ningún elemento para involucrarlo en el hecho denunciado".

Sostiene Jauchen que a pesar de todos estos elementos "la Corte Suprema rechazó el recurso diciendo que es inadmisible porque lo impugnado no es sentencia definitiva ni resolución equiparable a la misma, y que todos los argumentos vertidos por esta defensa no convencen a la Corte provincial sobre la viabilidad de la admisibilidad del recurso".


Meras transcripciones
Señala más adelante que en la respuesta que la Corte local hizo a cada planteo suyo se ha referido con meras transcripciones textuales de los fundamentos que había hecho la propia Sala Penal, cuyo fallo se impugna, con lo que al no añadir nada más en absoluto el fallo de la Corte se torna en un pronunciamiento nulo por vacío de contenido desde que todo su relato no es sino una mera transcripción textual de lo que, precisamente, se intenta remediar con recurso sin que haya expresado sus propios argumentos en respuesta a cada una de las denuncias de inconstitucionalidad planteadas".

Dice el defensor que en definitiva la Corte provincial falló declarando inadmisible el recurso en violación a las garantías constitucionales, diciendo Jauchen que "la Corte sólo trató sus reclamos enunciándolos a todos con sorprendente rapidez y los responde transcribiendo los párrafos de la Sala Penal que precisamente se impugnan, de lo cual se desprende que en definitiva la Corte local no ha fundado su fallo".

Sostiene que el alto tribunal de la provincia, lejos de brindar una solución o al menos una respuesta acorde con la autoridad jurídica que debe caracterizar a su elevada jerarquía, se ha expedido con un fallo nulo, vacío de contenido, nulidad que persiste a pesar de que se ha basado en la falta de sentencia definitiva para declarar inadmisible el recurso, con lo que se está en presencia de una resolución equiparable a sentencia definitiva".

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