| viernes, 30 de enero de 2004 | Deuda: Argentina no pidió prórroga para frenar embargos en el exterior El Ministerio de Economía informó hoy que no solicitó a la Justicia estadounidense una nueva prórroga para frenar el embargo de bienes argentinos en el exterior.
Armando Torres, vocero del Palacio de Hacienda, afirmó que "hoy vence la prórroga (concedida por el juez de Nueva York, Thomas Griesa) y el gobierno argentino no presentó un (nuevo) pedido".
Tras esta decisión adoptada por el equipo comandado por Lavagna, Griesa deberá evaluar desde la próxima semana si aceptará o no los pedidos de embargos que podrían cursar los tenedores de bonos argentinos en default.
En diálogo con la prensa, Torres señaló que "hoy terminó el pedido de prórroga, pero eso no quiere decir que el juez deba expedirse" sobre la habilitación de los embargos a los bienes argentinos en el exterior.
Según lo expresado en varias oportunidades, el gobierno argentino negó que cuente con bienes en el exterior pasibles de ser embargables.
El vocero del Ministerio de Economía aclaró que los representantes legales del gobierno argentino en Nueva York le remitieron hoy a Griesa para explicarle al juez estadounidense las cuestiones que hacen a las demoras sufridas en el marco del proceso de renegociación de la deuda en manos de tenedores privados.
Torres reveló que esto tuvo que ver con "el retraso del Fondo Monetario Internacional (FMI) en aprobar la primera revisión", ya que este trámite se esperaba que concluyera en el transcurso de diciembre último.
Según lo expresado en las últimas semanas por los acreedores en el exterior, la posición de los tenedores privados de títulos argentinos en default tendría por objeto disponer una ola de pedidos de embargos sobre los pagos de las deudas contraídas con los organismo internacionales por parte de la Argentina, y también para el pago de los Boden, emitidos con posterioridad a la declaración de la cesación de pagos.
Griesa admitió oportunamente que cualquier pedido de embargo sobre bienes argentinos en el exterior deberá ser tramitado con treinta días de anticipación ante su juzgado. (DYN) enviar nota por e-mail | | |