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 viernes, 17 de octubre de 2003

Facultan al Ejecutivo a expropiar empresas en proceso de quiebra
Es una ley votada por la Legislatura provincial. Apunta a garantizar la continuidad a los emprendimientos

La Cámara de Diputados convirtió ayer en ley un proyecto por el cual se faculta al Poder Ejecutivo a adquirir establecimientos en quiebra, a igualdad de condiciones y precio, para que puedan seguir siendo explotados por medio de cooperativas de trabajadores.

La nueva norma resultó del consenso entre varios proyectos presentado por legisladores de distintos signo político y de ambas cámaras, y fue votado en la sesión casi por unanimidad. La única excepción fue la del oficialista Carlos Paganini, quien expresó sus dudas sobre la legitimidad de este proceso expropiatorio y porque abre la posibilidad de "alterar las reglas de la competencia".

El proyecto apunta a resolver las situaciones que atraviesan distintos establecimientos desactivados por la crisis y que se encuentran en proceso de quiebra, cuando se abre la posibilidad de que continúen siendo explotados por los trabajadores.

En los considerandos del proyecto de ley se sostiene que "si bien la ley de quiebra prevé los requisitos a cumplir por los trabajadores y la posibilidad de llegar a un acuerdo que permita la continuidad de la empresa, esto no siempre es posible frente a los intereses cruzados que existen en estos procesos".

La norma faculta al gobierno provincial a intervenir una vez efectuada la subasta. De considerarlo viable, queda habilitada para adquirir el establecimiento para luego cederlo, con cargo, a los trabajadores del establecimiento para que puedan reanudar la explotación.

La implementación para llegar a esta intervención o salvataje del Estado, establece que en las subastas judiciales de establecimientos industriales dispuestas en procesos de quiebra, el juzgado a cargo deberá notificar en forma fehaciente al gobierno provincial.

Se determina en este sentido que "producida la subasta o la licitación, el juzgado, previo a la aprobación de la subasta, notificará el resultado de la misma al gobierno provincial, el cual dispondrá de 60 días hábiles a partir de dicha notificación para hacer uso de las facultades establecidas en la presente ley".

Se expresa ademas que esta "facultad será de aplicación tanto a los bienes inmuebles como los muebles imprescindibles para el funcionamiento del establecimiento industrial en cuestión".

Sostiene -en una suerte de expresión de deseos- que sería importante que a través de los mecanismos establecidos en la ley de fondo, la cooperativa formada por los trabajadores llegará a un acuerdo con los acreedores, el síndico y el juez de la quiebra.

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