 | lunes, 13 de octubre de 2003 | Desaparecidos. Un balance del Equipo Jurídico de Derechos Humanos "Este fallo no representa meramente un cambio dentro de la juridicidad" Los abogados opinaron sobre la decisión de Digerónimo de declarar inconstitucionales las leyes del perdón Eduardo Valverde / La Capital La decisión del juez federal rosarino Omar Digerónimo de declarar la inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final, abriendo el camino para retomar con efecto penal pleno el juzgamiento del terrorismo de Estado durante la última dictadura militar en el ámbito del II Cuerpo de Ejército, constituye un hito fundamental en la larga lucha por la obtención de justicia que, con altibajos, llevaron adelante los familiares de las víctimas y los organismos de derechos humanos, acompañados en su clamor por la sociedad.
En el marco de esa lucha, la participación activa de un grupo de abogados, hoy nucleados en el Equipo Jurídico de Derechos Humanos, constituyó un aporte insoslayable para terminar con el manto de impunidad que se pretendía echar. Para hacer un balance del camino recorrido y analizar las proyecciones futuras que abre esta nueva instancia jurídica para los argentinos, Matilde Bruera, Vildor Garavelli, Gonzalo Stara, Juan Roberto Coria y Nadia Schujman, abogados del Equipo Jurídico de Derechos Humanos mantuvieron una extensa entrevista con La Capital.
-¿En dónde radica la importancia jurídica de esta decisión de Digerónimo?
-Stara: Lo que surge como trascendente es que hay un reconocimiento de que esto fue un plan sistemático de exterminio y otros dos aspectos importantes derivan de que, en los argumentos del fallo para declarar la nulidad, se considera a las leyes de impunidad como una amnistía encubierta, lo cual entra en colisión con un principio esencial a la hora de considerar a los delitos de lesa humanidad, que tienen carácter de no amnistiables. En cuanto a la obediencia debida, la considera como violatoria de la división de poderes que establece la Constitución, ya que el Poder Legislativo al sancionar estas normas lo que hace es denegar la administración de justicia al Poder Judicial, su función más elemental y trascendente. También hace hincapié en la obligación del Estado argentino frente a tratados del derecho internacional vigente.
-Que tienen rango constitucional desde la reforma de 1994...
-Schujman: Además existen tratados internacionales, firmados por la Argentina, que ya tenían plena vigencia. Lo que se hizo en el 94 es darles rango constitucional. Otro principio constitucional que claramente violaban estas normas es el artículo 16 de la Carta Magna, que establece la igualdad ante la ley.
-Coria: Lo consideramos un hito dentro de la lucha contra la impunidad en Rosario, ya que es el primer fallo donde se busca la persecución penal y el castigo a los genocidas del Proceso. En segundo aspecto, considerando la línea argumental del fallo, ésta sigue la doctrina y la jurisprudencia que se está aplicando desde el fallo del juez Gabriel Cavallo. Rosario se está poniendo a tono a dos años de experiencia tribunalicia en Capital Federal, Bahía Blanca y Santa Fe, en este último caso con el fallo del juez Reynaldo Rodríguez. En definitiva, lo que se hace a nivel jurídico es poner en concordancia nuestro derecho con el internacional en cuanto a derechos humanos. Nuestra preocupación dentro del Equipo es que hablamos de que no es meramente un cambio de la juridicidad, ya que sostenemos que ésta se modifica al calor de lo que es un cambio de la mentalidad democrática de la sociedad misma, del Estado de Derecho. Estos mismos jueces, horas antes, días antes, años antes, pensaban todo lo contrario. Nosotros hemos sido protagonistas de este proceso y fuimos víctimas de cómo en muchos casos estos mismos magistrados denegaban ciertos pedidos de esta naturaleza. Digerónimo recopiló esa buena doctrina que se dio a partir de un nuevo clima democrático, impulsado por toda la sociedad que exige el fin de la impunidad.
-¿Cómo influyó en este proceso la decisión del Congreso de sancionar la nulidad de las leyes de impunidad?
-Garavelli: En ese sentido, se empiezan a hacer sentir los efectos de la voluntad política del Congreso. Esto es un efecto cascada de esa trascendental decisión legislativa. Fue un mensaje a toda la sociedad que en cierta forma implica una autocrítica, ya que esas leyes no debieron haberse sancionado nunca, porque siempre fueron manifiestamente inconstitucionales.
-Bruera: Lo importante del fallo es que respeta la doctrina, ya asentada en la jurisprudencia argentina, que establece el rechazo al ejercicio de la suma del poder público en que claramente incurrió el gobierno de las Juntas Militares. Respecto de la decisión de fondo que tendrá que tomar la Corte Suprema en torno a este tema, una vez que se expida el Tribunal de Casación, evaluamos que va a ser favorable, más tarde o más temprano. Es lo que corresponde jurídicamente y además los vientos políticos que soplan en la sociedad argentina apuntan en ese sentido. Cada vez hay más compromiso político y consecuentemente más compromiso judicial a partir de este y otros fallos. Todo ello nos lleva a ser optimistas. enviar nota por e-mail | | Fotos | | El equipo Jurídico de Derechos Humanos. | | |