 | lunes, 15 de septiembre de 2003 | Créditos hipotecarios para inundados de Santa Fe Santa Fe.- El gobierno provincial otorgará créditos hipotecarios a los damnificados de la ciudad de Santa Fe cuyas viviendas resultaron afectadas por las inundaciones provocadas por el desborde del río Salado, el pasado 29 de abril. Son préstamos hipotecarios por un monto máximo de diez mil pesos, con un plazo de devolución de diez años para poseedores de vivienda única, según lo informado por la Dirección Provincial de Vivienda.
Los créditos podrán utilizarse para refacción, terminación y ampliación de los inmuebles. Además deben reunir otras condiciones en cuanto al uso de las casas y relacionadas con la composición familiar.
Vivienda ha formalizado convenios de colaboración con los colegios de Arquitectos, de Ingenieros y de Maestros Mayores de Obra y Técnicos Constructores, organismos que efectuarán la recepción y control de la documentación solicitada para poder acceder a la operatoria crediticia. Por su parte, la repartición provincial será responsable en última instancia de la aprobación y habilitación definitiva de los postulantes.
Los trabajos se ejecutarán a través de una administración de obra realizada por el beneficiario con el asesoramiento, proyecto y conducción técnica de un profesional de la construcción que deberá estar matriculado y habilitado por su respectivo colegio profesional.
El préstamo a otorgar, cubriendo el valor de los materiales, mano de obra y honorarios profesionales, será de hasta diez mil pesos, con un plazo máximo de devolución de diez años y un interés anual sobre saldos del seis por ciento. El crédito y su devolución se realizarán en pesos y, como ejemplo, se destaca que por diez mil pesos, la cuota mensual ascenderá a 111 pesos, a diez años. En el caso de un crédito de seis mil pesos, la cuota mensual será de 66,60 pesos, con financiamiento a diez años.
Para garantizar el crédito, el beneficiario deberá formalizar una escritura hipotecaria de primer grado y el reintegro del préstamo comenzará a operar a los noventa días a partir de la entrega del anticipo, siendo devuelto en cuotas mensuales y consecutivas. Las cuotas se descontarán en forma automática de los haberes, según la ley provincial 11.969, a quienes trabajen en relación de dependencia estatal o privada.
Los interesados, como paso previo, deberán inscribirse en el Registro Unico y Permanente de la Dirección de Vivienda, donde deberán presentar DNI de cada integrante del grupo familiar, libreta de casamiento o familia y comprobantes de los ingresos del grupo familiar. enviar nota por e-mail | | |