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 lunes, 15 de septiembre de 2003

Casilda reguló sobre residuos patológicos
Entre otras especificaciones, sólo se permite la esterilización por autoclave para el tratamiento

Casilda.- El Concejo de esta ciudad sancionó una ordenanza que regula la manipulación, tratamiento, transporte y disposición final de residuos patológicos producidos en esta ciudad. La norma contiene 28 artículos y fue redactada tras un largo estudio del que participó la comisión asesora de medio ambiente.

La ordenanza considera como residuos patológicos todos los desechos orgánicos e inorgánicos en estado sólido, líquido o gaseoso que presenten cualquier característica de actividad biológica que pueda afectar directa o indirectamente a los seres vivos o contaminar el suelo, agua o atmósfera.

Las disposiciones están destinadas a generadores de residuos patológicos que operan en esta ciudad como el hospital San Carlos, sanatorios, dispensarios, laboratorios de análisis clínicos, salas de primeros auxilios y servicios de emergencia, clínicas, veterinarias, consultorios médicos y odontológicos, acupunturistas, farmacias y geriátricos, entre otros ámbitos de atención para la salud humana y animal.

La recolección de este tipo de desechos podrá ser realizada únicamente por empresas que estén habilitadas por la Secretaría de Medio Ambiente y registradas en un padrón municipal. Ese padrón será actualizado periódicamente y comprenderá tres categorías de operadores de residuos patológicos: generadores, transportistas y procesadores.

El Ejecutivo fijará la frecuencia de recolección basándose en la cantidad y peligrosidad de los residuos y será responsabilidad, tanto de los generadores como de los transportistas y procesadores, capacitar a los trabajadores sobre los riesgos y precauciones para el manipuleo de los desechos. Además deberán elaborar y exponer en un lugar visible los procedimientos a seguir en caso de accidentes, proveer elementos de protección personal y garantizar cobertura médica. Quienes lo requieran podrán pedir colaboración a la Municipalidad para tareas de capacitación.

La norma además prohíbe el ingreso a la ciudad de residuos provenientes de otras localidades e impide el tratamiento de los mismos por medio de métodos como la incineración, enterramiento sanitario o por relleno de seguridad. Unicamente se permitirá, previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente, el tratamiento de residuos a través de la esterilización por autoclave u otros métodos no contaminantes.

De instalarse alguna planta procesadora deberá estar ubicada en zonas despobladas a una distancia mayor de dos kilómetros del radio urbano. La ordenanza entrará en vigencia el 1º de enero de 2004 y quienes la infrinjan serán sancionados a través del Juzgado de Faltas de la Municipalidad.

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