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 sábado, 26 de julio de 2003

Extreman la vigilancia contra la BSE

El Senasa informó esta semana que entró en vigencia la resolución 337/03, que establece la obligatoriedad del registro y la fiscalización de las plantas que procesen desechos de origen animal, en el marco del Programa Nacional de Prevención y Vigilancia de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles (EET).

Esa normativa oficial establece la obligatoriedad del registro y la fiscalización de las plantas que procesen "desechos de origen animal de mamíferos y aves, como consecuencia de la faena y con cualquier fin de uso", precisaron desde la conducción central del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

La resolución 337/03, que tiene como fin optimizar la ejecución y control de las acciones implementadas en materia de estrategias de prevención y control de los sistemas de alimentación animal, establece que las plantas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el anexo de dicha resolución, referido a las condiciones mínimas y necesarias para las instalaciones.

Teniendo en cuenta la resolución 901/02, (creación del Programa Nacional de Prevención y Vigilancia de las EETs de los animales), que en su artículo 8 "invita a los gobiernos provinciales y municipales, a colaborar en los procedimientos preventivos", la nueva normativa faculta a la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria del Senasa a encargarse del registro y la fiscalización de la totalidad de las plantas nacionales, provinciales y municipales y de producir, en un plazo de 90 días, el registro actualizado.

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