Año CXXXVI
 Nº 49.863
Rosario,
jueves  05 de
junio de 2003
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Endurecen las penas por secuestros

El Senado convirtió ayer en ley el proyecto que agrava las penas y crea la figura del arrepentido para ayudar a esclarecer los delitos de los secuestros extorsivos, una metodología que ha recrudecido en los últimos dos años.
Además, la Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado los proyectos de Protección a los Testigos para las personas que ayuden al esclarecimiento de esta metodología delictiva y el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados.
El tratamiento completo del paquete antisecuestros se terminará de completar cuando diputados convierta en ley el proyecto de ampliación de las facultades fiscales y el Senado las dos iniciativas de protección a testigos y creación del Fondo de Recompensa.
El proyecto convertido en ley por el Senado instituye la figura del arrepentido y agrava las penas de los delitos de privación ilegítima de la libertad cuando la víctima fuera una persona incapacitada de defenderse o cuando fuera cometido por un familiar de la misma o una fuerza de seguridad.
Un punto esencial de esta propuesta que fue defendida en el recinto de sesiones por el presidente de la comisión de Legislación Penal, Jorge Agúndez, incorpora la figura del arrepentido para ayudar al esclarecimiento de estos hechos delictivos. En ese sentido fija que la "pena del partícipe que, desvinculándose de los otros se esforzare de modo que la víctima recupere la libertad sin que tal resultado fuese la consecuencia del pago del precio de la libertad, se reducirá de un tercio a la mitad".
Además, el proyecto propone aumentar penas -es decir que podrá aplicar hasta 25 años de cárcel- cuando los secuestros tengan como víctima a una embarazada, a un menor de 18 años, un mayor de 70 años o una persona discapacitada, o que no puede valerse por si.
También los jueces podrán disponer una prisión de 25 años si el hecho se cometiere en la persona de un ascendiente, de un hermano, del cónyuge; si se causa a la víctima lesiones graves o gravísimas, y si el delito es producido por un empleado público, o pertenezca o haya estado en una fuerza de seguridad.

Reclusión perpetua
La pena será de prisión o reclusión perpetua si se causare intencionalmente la muerte de una persona secuestrada.\Por otro lado, la Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado los proyectos de creación de un Fondo Permanente de Recompensas para las personas que ayuden al esclarecimiento de esta metodología delictiva y el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados.\Las iniciativas fueron sancionadas por los diputados luego de las explicaciones que brindó la presidente de la Comisión de Justicia, María del Carmen Falbo.\En ese sentido, el proyecto propicia la creación de un Fondo Permanente de Recompensas que se utilizará para el pago de un incentivo económico a las personas que, ajenas al delito, puedan aportar informaciones útiles dirigidas a lograr la libertad de la víctima.\Además fija que la identidad de la persona que suministre la información será mantenida en secreto durante el proceso judicial de que se trate y también después de finalizado, aunque podrá ser convocada como testigo a la audiencia de juicio oral cuando el Tribunal, de oficio o a petición de parte, dispusiera que ello resulta imprescindible para la sentencia. (Télam)


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