Año CXXXVI
 Nº 49.854
Rosario,
martes  27 de
mayo de 2003
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Obligan a duplicar la indemnización a una despedida

La Cámara Nacional del Trabajo dispuso que se duplique la indemnización de una empleada que fue dejada cesante durante la vigencia de las leyes que fijan un monto extraordinario para los casos de despidos sin causa. Fuentes judiciales dijeron que la Sala Nº 10X del tribunal dispuso que la firma Argencard deberá abonar a Sandra Patricia Gómez una suma similar a los 29.417 pesos que le reconoció en concepto de antigüedad y omisión de preaviso, tras la disolución del vínculo laboral con fecha 8 de enero de 2002. La empresa había argumentad o que la ley 25.561, de emergencia económica y cambiaria, que determinó la "doble indemnización" para los despidos por voluntad unilateral del empleador, fue publicada en el Boletín Oficial el 7 de enero de 2002 y por lo tanto, según el Código Civil, no estaba vigente al momento del despido. (Télam)


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