Año CXXXVI
 Nº 49.819
Rosario,
lunes  21 de
abril de 2003
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Afirmó que mató sin intención y se probó lo contrario: le dan 8 años
El crimen fue en agosto de 2001. Previamente, la víctima había agredido a un hermano del homicida

Jorge Salum / La Capital

Clario Sánchez siempre sostuvo que mató a Héctor Gabriel Ruiz por accidente. "Forcejeamos y el tiro se me escapó", dijo una y otra vez a lo largo del proceso judicial que le siguieron por el homicidio de su vecino. Pero las pruebas objetivas desmintieron esta versión y también la hipótesis de la legítima defensa: para la Justicia se trató de un crimen y Sánchez, de 63 años, terminó condenado a 8 de prisión.
El caso se destaca por los atajos que intentó el homicida para evitar la condena. Aunque fracasó, al menos ganó con el monto de la pena: le dieron cuatro años menos que lo que pidió el fiscal.
Ruiz tenía la reputación de ser un hombre difícil y al parecer no se llevaba bien con sus vecinos, que lo trataban de loco. Vivía en una casilla muy humilde de Montecarlo 2856, cerca de Puente Gallego, al sur de la ciudad. Había vivido 50 años difíciles y durante mucho tiempo trabajó como estibador en el puerto.
Un rato antes de que lo asesinaran, Ruiz había discutido e incluso lastimado a un hermano de quien luego lo mataría. Ni bien se enteró, Sánchez cruzó la calle y fue a buscar al agresor. Cuando éste le salió al cruce lo golpeó en la cabeza con un palo y después le disparó un tiro en el tórax que lo mató en el acto.
Después, cuando se entregó a la policía, Sánchez intentó varias estrategias para que no lo acusaran de homicidio simple. Primero dijo que actuó bajo emoción violenta, hipótesis que fue rápidamente descartada. Después sostuvo que fue en defensa de la vida de su hermano, versión que no prosperó porque la pelea entre éste y Ruiz ya había terminado. Ya acorralado, afirmó que el tiro se le había escapado.
"Pido perdón a Dios y a la familia (de Ruiz) porque esto fue un accidente", fue la frase con la que intentó disculparse el día que declaró por primera vez en los Tribunales.
Las pericias realizadas por los forenses probaron que no fue así. En primer lugar, la zona de la herida mortal no tenía tatuaje ni ahumamiento, dos señales inequívocas que quedan en el cuerpo cuando el disparo se produce desde muy corta distancia. Además, ni la víctima ni el homicida tenían ni la más mínima marca de una pelea.
A las pericias se le sumó la declaración de un testigo que presenció casi todo el episodio. Así se supo que el ataque de Sánchez se produjo cuando la pelea entre Ruiz y su hermano ya había terminado, y también que entre ellos no hubo forcejeo.
La conclusión a la que arribó el juez José María Casas es que Sánchez simplemente se cruzó hasta lo de Ruiz para matarlo. Por eso descartó todas las hipótesis y se quedó con la del homicidio simple. Aunque el fiscal pidió para el autor la pena de 12 años de prisión, el magistrado entendió que basta con darle 8. El crimen ocurrió al caer la tarde del 8 de agosto de 2001.


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