| | La Justicia defiende a amparistas
| La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal desestimó una apelación del BankBoston y el Estado nacional, y ratificó un fallo de primera instancia mediante el cual no caen los derechos de los ahorristas a proseguir con su amparo cuando recibe parcial o totalmente los montos retenidos por el banco. Al fallar en una causa iniciada por la ahorrista Elena Muñoz de Canevaro, la Cámara determinó que imponer "una renuncia a proseguir con la acción judicial presentaría connotaciones extorsivas". En los argumentos del fallo de la Cámara, los jueces contemplan los recientes acontecimientos que surgieron a partir de la apertura parcial del corralón anunciada en febrero pasado, hasta el reciente decreto 739/2003 donde se anunció la apertura total. Para los jueces, el comportamiento de los ahorristas, que mayoritariamente dejaron sus fondos en nuevos plazos fijos constituidos en los bancos, desestima los planteos de las entidades financieras sobre los riesgos de iliquidez. Basados en la información provista por el mismo Banco Central y surgida de las entidades financieras, los montos retirados durante febrero de 2003 fueron mucho menores a los estimados inicialmente.
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