Giselle Rímolo, la novia del locutor Silvio Soldán, fue procesada ayer con prisión preventiva por el homicidio doloso de una paciente que murió en el año 2001, tras realizar un tratamiento en su clínica de estética del barrio porteño de Belgrano, precisaron fuentes judiciales.
En una extensa resolución de más de 200 carillas, el juez de instrucción Mariano Bergés procesó además con prisión preventiva a Soldán como integrante de una asociación ilícita liderada por Rímolo y como partícipe secundario de más de seis decenas de estafas.
Ninguno de los integrantes de la pareja quedará por ahora detenido, ya que si bien el juez cree que deben estar tras las rejas decidió aguardar a que la Cámara del Crimen confirme su resolución para efectivizar los encierros, dijeron los voceros.
Bergés expresó su convencimiento de que legalmente "no sólo Mónica Rímolo (verdadero nombre de la novia de Soldán) sino el resto de los imputados deben ser detenidos".
En su resolución, Bergés consideró a Rímolo autora de homicidio, jefa de una asociación ilícita y mentora de seis decenas de estafas.
El magistrado ordenó además embargar los bienes de Rímolo en la suma de 100 mil pesos y los del animador televisivo en 250 mil, dijeron fuentes judiciales.
En su resolución, el juez Bergés procesó a Soldán y a empleados del Centro Integral de Estética Elcano (Cidene) por figuras penales similares a las de la sindicada falsa médica, aunque no por el delito de homicidio, sólo adjudicado a la mujer.
"Homicidio doloso, jefa de asociación ilícita, tráfico de sustancias peligrosas para la salud" y 60 casos de estafas reiteradas fueron las figuras penales escogidas por el magistrado a la hora de resolver la situación procesal de Rímolo.
El magistrado consideró que la novia de Soldán es autora de homicidio con dolo eventual, delito por el cual, de ser condenada, podría estar presa entre 8 y 25 años. El homicidio que se le adjudica a la mujer es el de Lilian Stella Díaz, quien murió en junio del año 2001, tras someterse a un tratamiento para adelgazar con Rímolo.
En su resolución, Bergés se refirió a las circunstancias que rodearon a la muerte de Díaz, quien, consideró, "ingirió distintas sustancias medicinales que le fueron vendidas en un centro de estética a cargo de una persona que no era médica".
Por tal motivo, expresó el juez en su escrito, a Rímolo "puede aplicársele la figura del homicidio simple", ya que le suministró a su paciente medicación "engañándola en cuanto a su real composición, produciéndole la muerte".
Según las conclusiones a las que arribó el magistrado, quienes concurrían a la clínica de Rímolo eran "engañados" en cuanto a la "profesión y títulos obtenidos por Mónica Rímolo, a quien el personal llamaba doctora, al igual que Silvio Soldán en el programa radial que tenía".
Además, sostuvo en su resolución, que a los pacientes que iban al Cidene se les suministraba una "supuesta medicación natural" que, en realidad, contenía cafeína, bromazepán, fenostaleína, hidroclorotiacida y fenilpropanolima, entre otros productos químicos.
Sobre esas sustancias, el juez citó un informe de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) que describe los principios activos de los productos, algunos de los cuales debían ser comercializados con receta común archivada y otros que ya habían sido retirados del mercado para que sea cambiada su fórmula.
Tráfico de medicamentos
Por tal motivo, Bergés consideró que Rímolo es, en principio, responsable de estafas reiteradas, tráfico de medicamentos adulterados (ya que en más de un centenar de casos "las muestras no cumplían con la composición declarada") y asociación ilícita.
Respecto de la mecánica empleada por la pareja para captar clientes, el juez insistió en que las personas que visitaban el centro de estética de Rímolo lo hacían "a partir de la propaganda que efectuaban los imputados en distintos medios de comunicación".
La acusada de ser falsa médica "era la dueña de Cidene y quien dirigía todas las actividades que se desarrollaban, además de promocionar los tratamientos por diversos medios de comunicación en compañía de su pareja, Silvio Soldán, y de atender personalmente a los pacientes", recordó el juez.
Para el magistrado, Rímolo recurrió al médico Arnoldo Marino (ex integrante del jurado del programa "Feliz Domingo" y desvinculado de la causa tras su fallecimiento hace mas de tres meses) para "conseguir la habilitación municipal" de su centro de estética.
Marino "nada sabía sobre lo que allí ocurría ni tenía ingerencia alguna en la actividad del centro médico", agregó el juez.
Respecto a las estafas, Bergés dijo que "no sólo se limitaban a engañar a los clientes en cuanto al carácter de médica de Rímolo sino que se les otorgaban sesiones gratis de aparatos que en realidad ni siquiera estaban enchufados". (Télam)