Año CXXXVI
 Nº 49.775
Rosario,
sábado  08 de
marzo de 2003
Min 24º
Máx 34º
 
La Ciudad
La Región
Política
Economía
Opinión
El País
Sociedad
El Mundo
Policiales
Escenario
Ovación
Suplementos
Servicios
Archivo
La Empresa
Portada


Desarrollado por Soluciones Punto Com





Un juez declaró la inconstitucionalidad de la ley de obediencia debida
Brinzoni podría ir a la cárcel
La Cámara Federal de Rosario avaló la competencia de la Justicia chaqueña por la Masacre de Margarita Belén

El juez federal de Resistencia, Carlos Skidelsky, declaró la inconstitucionalidad de las leyes de punto final y obediencia debida, haciendo lugar a una presentación hecha por el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels), a la vez que ratificó su competencia en la causa por la Masacre de Margarita Belén, en la que está imputado el jefe del Ejército, teniente general Ricardo Brinzoni.
El propio Brinzoni había dicho en mayo de 2001 al diario chaqueño Norte, según publicó ese matutino, que lo ocurrido en Margarita Belén, donde ejecutaron sumarísimamente a 22 presos políticos, "fue una operación militar para eliminar delincuentes terroristas" y detalló que aquello consistió en "un fusilamiento encubierto de detenidos".
"Ya me declaré competente y la Cámara Federal de Rosario lo aceptó", señaló ayer Skidelsky, para añadir que sólo falta que le envíen el expediente para seguir con la instrucción, por lo que no se demorarían las convocatorias a declaración indagatoria de los imputados Brinzoni y otros 31 uniformados.
Para el juez, las leyes de obediencia debida y punto final se contraponen "a los principios fundamentales del derecho argentino y también a los pactos internacionales", además de constituir un obstáculo para penalizar "delitos imprescriptibles".
"La desaparición forzada de personas durante la dictadura dejó de ser un hecho privado para pasar a ser una tragedia pública, causada por una política de Estado que se tradujo en lo que después denominamos terrorismo de Estado", argumentó el juez.
En los fundamentos, el juez federal de resistencia declaró "inválidos" el artículo 1 de la ley 23.492 y los artículos 1, 3 y 4 de la ley 23.521, por considerar que son "incompatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos, con la Declaración Americana de Derechos Humanos y con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos".
La Masacre de Margarita Belén ocurrió el 13 de diciembre de 1976, cuando 22 presos políticos fueron arrancados por la noche de las cárceles en Resistencia y ejecutados en forma sumarísima.
Por entonces Brinzoni estaba al frente de la Secretaría General de la Gobernación de facto en la provincia de Chaco y, en consecuencia, ahora en esta causa está imputado como supuesto autor mediato de la matanza.
La denuncia que dio origen a esta investigación fue presentada el 28 de mayo de 2001 por la agrupación Hijos y el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels), quienes solicitaron la anulación del punto final y obediencia debida así como que llame a declaración indagatoria a los imputados.
La querella por los supuestos delitos de "homicidio agravado, privación ilegal de la libertad agravada, desaparición forzosa, y torturas" abarca como imputados a 32 uniformados, entre otros al ex interventor de facto en Chaco durante la dictadura, general Antonio Facundo Serrano, y el ex ministro de Gobierno, coronel José Zucconi.
Como presuntos autores materiales del crimen están imputados los por entonces tenientes Alberto Martínez Segón y Luis Pateta, del Grupo de Artillería 7, otros dos militares de apellidos Toso y Carnero, del destacamento de Inteligencia 124, y dos policías, Gabino Manader y otro de apellido Cardozo.
En la demanda, según fuentes del Cels, constan varios testimonios contra el entonces mayor Brinzoni acusándolo de haber intervenido personalmente en los preparativos de la matanza.
La historia oficial del Ejército contaba que los 22 presos -militantes de la Juventud Peronista y de la izquierda- intentaron escapar a bordo de dos vehículos ayudados por un comando paramilitar que atacó al convoy del Ejército que los transportaba hacia Formosa.
Sin embargo, investigaciones de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados demostraron que las víctimas fueron torturadas y luego recogidas inconscientes de la prisión clandestina que funcionaba en la ex Dirección de Investigaciones de la Policía, de la Alcaidía Policial y de la Unidad Federal 7.
A la madrugada, fueron trasladados por la ruta nacional 11 y a la altura de la localidad Margarita Belén -70 kilómetros al norte de Resistencia- fueron colocados en dos automóviles particulares, un Peugeot 504 y un Renault 12, dentro de los cuales fueron acribillados con fusiles FAL.
Ya ha transcurrido más de un cuarto de siglo desde la masacre y aún muchos cadáveres no han sido entregados a sus deudos -salvo los de diez víctimas- como en el caso de la mayoría de las personas secuestradas durante la dictadura, según los familiares. Solamente se identificaron los cuerpos de 17 hombres y dos mujeres.

Satisfacción en el Cels
El Cels, uno de los impulsores de la causa, manifestó su satisfacción por fallo de Skidelsky. "Las decisiones por justicia, verdad y memoria son un puntal ético para el futuro del país, en un presente en el que debemos ser celosos de lo que hemos ganado e intransigentes con lo que nos resta por hacer", expresó la entidad en un comunicado de prensa.
En tanto, el fiscal federal de Chaco, Jorge Auat, señaló que "es importante que la investigación de estos sucesos, aunque tengan una connotación muy especial y una difusión pública muy fuerte, se haga como cualquier otro juicio y en los tribunales del Chaco, porque es aquí donde sucedieron y es aquí donde la gente necesita resolver el conflicto que produce el delito".
En la etapa previa a la instrucción de la causa, Auat fue un pilar clave para llegar a esta instancia, dado que reclamó la competencia del tribunal chaqueño y, en coincidencia con el Cels e Hijos, solicitó semanas atrás la declaración de inconstitucionalidad de la obediencia debida y el punto final.
"Son leyes que presentan un choque patético con todas las normas del derecho argentino. Por ejemplo, violan el principio de igualdad ante la ley y se contradicen al Código Penal en los períodos previstos para la prescripción de los delitos", argumentó el representante del ministerio público.
Auat consideró fundamental para la sociedad argentina el esclarecimiento total de vejámenes como la Masacre de Margarita Belén, que es "una herida abierta que vive en la memoria colectiva del pueblo de Chaco", concluyó.



Brinzoni está imputado como autor mediato de la matanza.
Ampliar Foto
Notas relacionadas
Verdad y castigo
Diario La Capital todos los derechos reservados