El acusado de asesinar a un remisero frente a una fiesta que celebraba un grupo de rumanos en la zona sur fue beneficiado con una reducción de dos años en su condena. Los jueces de la Sala I de la Cámara Penal fijaron la pena en trece años de prisión al evaluar que no fue el único responsable del crimen sino que actuó en compañía de otras personas. Víctor Hugo García había sido condenado a quince años de cárcel por el juez de Sentencia Ernesto Genesio como autor del asesinato de Juan Carlos Gallardo, de 36 años. El crimen ocurrió el 24 de enero de 2000 en Batlle y Ordóñez y Hungría, frente a una casa donde se desarrollaba una fiesta de inmigrantes rumanos. Estos llamaron a la remisería Júpiter, en la que trabajaba Gallardo, cuando una familia decidió retirarse de la fiesta y se sintió intimidada por un grupo de jóvenes que merodeaban la casa con la presunta intención de asaltarlos. Por eso decidieron esperar a que llegara el remís antes de salir a la calle. Cuando Gallardo arribó al lugar en su Fiat Tempra, los jóvenes reunidos frente a la vivienda comenzaron a efectuar disparos en dirección al auto. Uno de ellos dio en la cabeza del conductor y le provocó la muerte una hora más tarde. Los testigos del crimen identificaron a García, de 36 años y apodado Conde, como uno de los atacantes. El siempre se declaró inocente y a su vez acusó a un menor apodado Roncha. En un terreno lindante con la casa de ese menor fue hallado el revólver homicida, un calibre 22 marca Doberman, pero el chico negó su participación. En cambio, dijo que García le había pedido que se hiciera cargo del crimen por ser inimputable: "¿Me podés bancar el arma? Porque tiré unos tiros y me parece que le di a un remisero", le había dicho García, según declaró. Otra prueba que comprometió a García fue el hallazgo del certificado de extravío de su DNI en el lugar del hecho. El juez Genesio lo condenó a 15 años de prisión en agosto de 2001. Luego el caso fue revisado por la Sala I de la Cámara de Apelaciones. A pedido del defensor de García, Carlos Giandoménico, la Sala abrió la causa a prueba para tomarle declaración a un testigo menor de edad. El menor dijo que en el momento del hecho se acercó a quien disparaba y, pese a que no lo conocía, le pidió que dejara de hacerlo, pero su testimonio fue desmerecido. Finalmente los jueces bajaron la condena a 13 años de cárcel al encontrarlo coautor (y no autor) del hecho porque eran "varias personas las que hostigaban a quienes concurrían a la fiesta y pretendían subir a un remís". La sentencia es por el delito de homicidio simple por dolo eventual. Esto significa que, aunque no tuvo la intención de matar, "no pudo ignorar que al disparar el arma podía herir a alguien".
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