La Justicia suspendió ayer los aumentos de las tarifas de luz y gas establecidos por un decreto de necesidad y urgencia del Poder Ejecutivo, en una resolución que tendrá vigencia hasta que se dicte sentencia definitiva sobre la cuestión. El fallo conocido ayer fue dictado por la jueza en lo contencioso administrativo federal Claudia Rodríguez Vidal al resolver una medida cautelar presentada por entidades de defensa de los consumidores y usuarios que solicitaba la suspensión de la aplicación del decreto 146/03, que dispone aumentos del 7,4 por ciento para las tarifas de gas, y del 9 por ciento para las de luz. En la resolución de alcance nacional, la magistrada aclara que la medida es cautelar hasta tanto se dicte una sentencia definitiva en el tema. Ante esto, el Ministerio de Economía, demandado ante la Justicia por la suba de las tarifas, puede apelar la decisión de la jueza ante la Cámara en lo contencioso administrativo federal, cuyo fallo podrá luego ser recurrido ante la Corte. "Resulta francamente inexplicable la preocupación que demuestra el gobierno nacional en impedir el deterioro de la relación ingreso-egreso de las empresas concesionarias (de los servicios públicos) sin que igual preocupación se demuestre respecto del ingreso de los habitantes", reprochó la jueza en su resolución. Además, consideró injustificado el ejercicio de "facultades legislativas" por parte del Ejecutivo y resaltó que, una vez aplicado el nuevo cuadro tarifario, "sería imposible revertir el daño que sobrevendría" en los bolsillos de los usuarios. El apoderado de las entidades denunciantes, Ariel Kaplan, explicó que el carácter cautelar de la medida significa que los aumentos quedarán suspendidos, "aún cuando el Ejecutivo apele, es decir hasta que haya una resolución de la Cámara". En otro párrafo del fallo, la jueza expresó que los decretos presidenciales "no escapan al control judicial de constitucionalidad", en cuanto a su real carácter de "necesidad y urgencia", advirtió la magistrada al citar jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación. Y en este caso particular, consideró que los reclamos de empresas licenciatarias no son "motivo suficiente" para dictar una norma de ese tenor. "No advierto circunstancia fáctica alguna que pueda justificar un decreto como el 120/03", que habilitó al gobierno a fijar ajustes tarifarios ni su posterior 146, que fijó porcentajes para luz y gas, concluyó la magistrada. La medida cautelar resuelta ayer por Rodríguez Vidal forma parte de un juicio iniciado por el Foro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios, a partir de los primeros intentos del Poder Ejecutivo de aumentar las tarifas de los servicios públicos por fuera del proceso de renegociación de los contratos. Esta causa ya lleva varias medidas cautelares por parte de las entidades y de la defensora del Pueblo porteña, Alicia Oliveira, entre ellas las que determinaron la suspensión de audiencias públicas convocadas por el gobierno para tratar los aumentos. "Para los usuarios este fallo significa que no va a haber aumentos hasta que se revoque esta sentencia, lo que entre apelación e intervención de la Cámara, va a llevar aproximadamente tres meses", dijo Kaplan, el representante de los usuarios en la comisión de renegociación. "Probablemente si el Estado reflexiona y capitaliza la experiencia va a circunscribir los aumentos dentro del marco de renegociación de los contratos", concluyó. El 18 de febrero último, el juez en lo contencioso administrativo Guillermo Rossi emitió un fallo muy diferente al de su colega Rodríguez Vidal y avaló la continuidad de los aumentos. En esta ocasión, y al responder un planteo de la Defensoría del Pueblo porteña, Rossi se limitó a ordenar al Ejecutivo que produzca un informe mensual sobre el cumplimiento y la calidad de la prestación de los servicios públicos.
| La medida judicial suspende los aumentos, por ahora. | | Ampliar Foto | | |
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