Pasado mañana se cumplirán setenta años de la primera, y única, elección de convencionales constituyentes para elaborar la Carta Orgánica de la ciudad de Rosario, tal como preveía la Constitución provincial de 1921, puesta en vigencia en 1932 por el gobernador Molinas. Esta Constitución introducía la autonomía municipal en la provincia y, en particular, para las ciudades de Rosario y Santa Fe, instauraba el mecanismo de cartas orgánicas, lo cual significaba que los habitantes de dichas ciudades se darían su propia organización administrativa, económica y financiera; forma de gobierno y funciones a cumplir por el municipio, todo dentro del marco de la Constitución Nacional y Provincial.
Las elecciones
Los habitantes de la ciudad en condiciones de votar, el padrón electoral era de 68.092 electores, fueron a los comicios el 18 de diciembre de 1932, participando también las mujeres y extranjeros contribuyentes al fisco. La Democracia Progresista, cuyo dirigente Lisandro de la Torre había sido uno de los impulsores de la Constitución de 1921, obtuvo 10 bancas, la Unión Cívica Radical el mismo número, 3 el Partido Comunista, 2 dos cada uno el Partido Socialista y de la Liberación (que era un partido vecinal) y uno cada uno el Partido Socialista Independiente, la Unión Vecinal y la Unión Cívica Obrera. Hubo varias listas más, como Barrios Unidos y la Unión Vecinal Independiente, que no alcanzaron los votos para obtener un convencional. Signo de los tiempos, el electo constituyente por el comunismo, Francisco Mónaco, no pudo asumir por estar preso por cuestiones políticas. El 31,7 % de los electores no votaron como consecuencia de la posición abstencionista de la UCR Comité Nacional y el 17,2% votó en blanco.
El 23 de enero del 1933, dieron inicio las sesiones bajo la presidencia de Faustino Infante. De esta forma comenzaba una experiencia única, de avanzada en la República Argentina y Latinoamérica. Los constituyentes, en su gran mayoría, fueron plenamente conscientes de que estaban haciendo historia al generar nuevas formas institucionales para los municipios argentinos. El 12 de junio del 1933 comienza la discusión, por cierto ardorosa, del despacho por la mayoría que finalmente se aprobó el 28 de agosto del mismo año. De esta forma Rosario pasó a ser la primera ciudad del país que elaboró su Carta Orgánica, verdadera Constitución de la ciudad, que comenzaría a regir a partir de su aprobación por la legislatura provincial.
Contenido de la carta orgánica
Los constituyentes cumplieron su tarea teniendo en claro que la misma determinaría el perfil futuro de la ciudad de Rosario. Hasta ese momento el Intendente era elegido por el gobernador por lo cual como medida fundamental se incorporó la elección directa del Intendente por los ciudadanos y un Concejo Municipal de 30 miembros rentados, que durarían cuatro años en sus funciones. De esta forma se garantizaba la autonomía en lo político. Se introdujo también la necesidad del concepto del referéndum. Así, toda ordenanza podía ser sometida a éste, si así lo aprobaba el Concejo o si lo solicitaban como mínimo 5000 empadronados. También aparece la figura de la revocatoria de mandatos, tanto para el intendente como para los concejales. Se incorporaron normas para los concesionarios privados de servicios públicos (luz, agua, cloacas, transporte y teléfonos) que incluían la fiscalización e inspección permanente de parte del poder municipal. Sobre la seguridad ciudadana la carta orgánica avanzaba en la necesidad de una policía municipal y bomberos, municipalizando las fuerzas provinciales destacadas en la ciudad. Respecto de los bienes municipales, se establecía la libre disponibilidad de los mismos y las posibilidades de recaudación propia para el municipio.
Comienzo y fin
Tal como preveía la Constitución provincial, la Carta Orgánica fue aprobada por la legislatura provincial y promulgada por el gobernador Molinas el 12 de diciembre de 1933. Hecha la elección correspondiente, resultó electo Hugo Roselli y en julio del año siguiente, el Concejo Deliberante aprobó que la ciudad se llamara Rosario, a secas, sin el agregado "de Santa Fe". La autonomía municipal duró hasta septiembre de 1935, año en el que el presidente Agustín P. Justo, que necesitaba los electores de Santa Fe para la continuación del gobierno históricamente conocido como el "contubernio"", intervino la provincia y derogó la Constitución Provincial de 1921 y con ello la Carta Orgánica de Rosario, terminando con una experiencia única en el país y Latinoamérica. Tuvieron que transcurrir 59 años hasta que en 1994, los constituyentes que reformaron la Carta Magna incluyeron el artículo 123 que sostiene que "cada provincia dicta su propia Constitución, conforme a lo dispuesto en el artículo 5, asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero". Al día de hoy Santa Fe esta en mora con el cumplimiento de este articulo, pero el hecho que el gobernador y los principales lideres provinciales se hayan expresado a favor de la reforma constitucional aparece como un hecho auspicioso. Sin embargo, la principal responsabilidad que Rosario no sea una ciudad autónoma esta en los dirigentes políticos, empresariales, gremiales y culturales de la ciudad de Rosario, que no le han dado al concepto de autonomía municipal, la importancia que este tiene para el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la ciudad.
\(*) Ingeniero, concejal del bloque peronista