Año CXXXVI
 Nº 49.687
Rosario,
lunes  09 de
diciembre de 2002
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El 9 de diciembre de 1985 se conocía la sentencia del Juicio a las Juntas
A 17 años de un fallo que el indulto terminó por dejar en la nada
Cinco integrantes de la dictadura fueron condenados

El 9 de diciembre de 1985, 17 años atrás, la Cámara Federal de la Capital Federal en lo Criminal y Correccional dio a conocer la condena por numerosos hechos aberrantes, violatorios de los derechos humanos, perpetrados por un conjunto de militares que tuvieron en sus manos la vida y los bienes de los argentinos entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983.
El fallo fue dictado por los jueces León Carlos Arslanián, Guillermo Ledesma, Andrés José D'Alessio, Jorge Valerga Aráoz, Ricardo Gil Lavedra y Jorge Edwin Torlasco. El juicio, motorizado por el gobierno a cargo de Raúl Alfonsín, absolvió a priori a los integrantes de la última de las juntas militares, quienes no fueron incluidos en el proceso. Tal fue el caso del comandante del Ejército Cristino Nicolaides, quien -según las informaciones de la época- fue el responsable de eliminar la documentación vinculada con el secuestro y asesinato de miles de personas a lo largo de casi ocho años.
Del mismo modo, al dejar de lado un tratamiento global y centrarse en la probanza de hechos particulares, evitaron toda condena algunos de los jefes involucrados en similares delitos como el general Leopoldo Fortunato Galtieri, el almirante Juan Carlos Anaya, el brigadier Omar Graffigna y el brigadier Basilio Lami Dozo. En definitiva, los únicos sancionados fueron los generales Jorge Rafael Videla y Roberto Eduardo Viola, los almirantes Emilio Eduardo Massera y Armando Lambruschini, y el brigadier Orlando Ramón Agosti.
La detención efectiva de todos ellos comenzó el 5 de marzo de 1985, hasta que se los incluyó en el indulto otorgado el 29 de diciembre de 1990 por el ex presidente Carlos Menem, con el que se beneficiaron 216 militares.
El fallo más benigno fue para Agosti, condenado a cuatro años y medio y en libertad incluso antes del indulto. A Lambruschini se le impusieron ocho años, a Viola 17 y a Massera cadena perpetua, al igual que a Videla. La mayor parte de estos militares fue sancionado por su actuación en la Guerra de Malvinas.
La posición oficial se mostró proclive a llegar a un entendimiento con un sector de las Fuerzas Armadas para no desatar un juicio masivo contra los responsables (según los organismos de derechos humanos) de 30.000 detenidos desaparecidos, de una derrota militar y del desastre de la economía nacional.
Fue por ello que, apenas asumió el gobierno radical, el ministro de Defensa, Raúl Borrás, ordenó al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas que instruyera el proceso correspondiente a los integrantes de las tres primeras juntas, lo cual causó en la población una decepción generalizada.
Además, para completar su distancia con quienes hacían los reclamos más enérgicos de justicia, el gobierno de Alfonsín, que enarbolaba la teoría de "los dos demonios" -presentando en un plano de igualdad a guerrilleros y genocidas-, en febrero de 1984 también ordenó el juicio contra los jefes montoneros Mario Eduardo Firmenich y Fernando Vaca Narvaja y pidió a Brasil la extradición de ambos.
Poco después, el gobierno quiso poner término a los reclamos de las víctimas de las violaciones a los derechos humanos y de sus deudos, según los casos, y sancionó la ley de punto final, destinada a evitar nuevos juicios y, más tarde, ante los levantamientos carapintadas liderados por Aldo Rico, fue más allá y estableció el criterio de la obediencia debida, que reconoce el principio de la subordinación ciega aun ante las órdenes más aberrantes.



Las caras del Proceso en el Juicio a las Juntas de 1985.
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