El Ministerio de Economía tiene en estudio un índice que sirva para reemplazar el mecanismo de ajuste por inflación en los balances de las empresas. El sector empresario viene reclamando que se les permita ajustar los balances por inflación, habida cuenta que de sus resultados dependen los montos que deben pagar en concepto de impuesto a las ganancias. Al respecto, fuentes de la cartera dejaron trascender que no se convalidará el ajuste por inflación -que ya estuvo vigente antes de la convertibilidad-, ya que Economía no quiere que las empresas aprovechen esta circunstancia para licuar el tributo, y por otro lado evitar un efecto que alimente la inflación. Detrás de la puja están unos dos mil millones de pesos que el gobierno no está dispuesto a conceder al sector privado. "Se está estudiando un nuevo indicador", confirmó ayer un portavoz de Hacienda, quien señaló que será una medida de excepción que se aplicará por única vez y cuya característica se definirá en los próximos días. El vocero aseguró que el mecanismo no va a gravar "ganancias ficticias", pero aclaró que tampoco se permitirá que se produzca una "licuación" del tributo. La idea del Palacio de Hacienda es que el índice que se aplique mantenga los ingresos fiscales por el impuesto a las ganancias en torno a un 3 % del PBI. Según se explicó oficialmente en los años en que estuvo en vigencia el ajuste por inflación, la participación del impuesto a las ganancias en los ingresos del fisco fluctuó entre el 0,53 y 1,12 %del PBI. Para justificar esta posición, Economía distribuyó un comunicado en el que precisó el porcentaje de PBI que se recaudó por el impuesto a las ganancias anualmente desde 1986 y hasta 1990. La distribución fue: para el año 1986, 0,89 %de PBI; 1987, 1,12 %; 1988, 0,9 %; 1989, 0,86 %; 1990, 0,53 % y 1991, 0,64 %. Al entrar en vigencia la ley de convertibilidad se derogó la norma por la cual las empresas podían ajustar sus balances por inflación. Al derrumbarse la paridad uno a uno, las empresa comenzaron a reclamar que se restituya esta ley. La medida que se estudia -un índice- será de "excepción" y por única vez, pero aún no se determinó a qué período fiscal se aplicará. Se explicó que será excepcional para impedir que "se establezca una memoria indexatoria de los precios" que impulse un alza en la inflación. Una comisión de "expertos" convocada por la Secretaría de Hacienda elevó un informe por el cual aconsejó que se permita el ajuste de los balances por inflación. Sin embargo, como el dictamen era de carácter "no vinculante" Economía sólo tomó algunas consideraciones y ahora analiza otras.
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