Año CXXXV
 Nº 49.637
Rosario,
domingo  20 de
octubre de 2002
Min 12º
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cartas
Riñas de gallos

Un grupo de apostadores a la riña de gallos fue aprehendido en plena actividad "con las manos en la masa". La ley nacional penal 14.346 prohíbe expresamente esa actividad en todo el territorio nacional. Estos señores, que posibilitan la práctica de este acto cruel y degradante, contrario a la Declaración Universal de los Derechos del Animal y a los códigos de humanidad más elementales, afirman su intención de donar parte de lo recaudado a entidades de bien público. Quisiera saber qué consideran ellos como bien público, tal vez retrotraer al país a cien años atrás y enseñar a los niños que la crueldad y la violencia pueden ser legalizadas. Reflexión: señores organizadores de prácticas ilegales, violar las leyes no conviene a nadie porque en estas acciones se alienta la inseguridad que nos afecta a todos, incluso a quienes se sienten más allá del brazo de la Justicia.
LC 6.433.038


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