Año CXXXV
 Nº 49.636
Rosario,
sábado  19 de
octubre de 2002
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Puntos principales

Los puntos principales del proyecto de ley de promoción de empresas biotecnológicas son los siguientes:
* Podrán acogerse las personas jurídicas que se encuentren habilitadas para actuar dentro de la Argentina, debidamente inscriptas, que desarrollan y elaboran en el país productos o servicios biotecnológicos con el objetivo de su comercialización. Los interesados deberán inscribirse en el registro habilitado por la autoridad de aplicación.
* Las actividades comprendidas en el régimen promocional son la investigación y el desarrollo con el objeto de desarrollar y elaborar cualquier tipo de producto o servicio biotecnológico.
* Por 10 años, las empresas productoras de productos y servicios biotecnológicos que adhieran al régimen de promoción podrán computar los gastos que realicen en investigación y desarrollo en biotecnología como crédito fiscal alos efectos del pago del impuesto a las ganancias hasta un 80% del monto del mismo. Este beneficio será otorgado a través de certificados de crédito fiscal que serán emitidos por la autoridad de aplicación los cuales serán intransferibles no pudiendo ser utilizados para el pago de otros tributos.
* Las empresas elaboradoras de productos y servicios biotecnológicos que adhieran al presente régimen estarán exentas del pago de derechos de importación extrazona por la introducción de materiales y equipos que sean necesarios para la ejecución de proyectos de investigación y desarrollo en biotecnología.
* Se crea la comisión consultiva para la promoción de la investigación y desarrollo en empresas biotecnológicas, conformada por cinco representantes de entidades del sector privado involucradas en el desarrollo biotecnológico y cinco representantes del sector publico (Sagpya, Industria, Secyt, Diputados y Senadores).
* Se crea un fondo fiduciario de promoción de la biotecnología para asistir financieramente a universidades y/o centros de investigación sin fines de lucro que se dediquen a la biotecnología y el apoyo a la constitución de nuevas empresas biotecnológicas.
* Los montos del impuesto a las ganancias que tributen al fisco las empresas adheridas al régimen, neto del crédito fiscal establecido, serán aplicados a la formación del fondo fiduciario.
* El proyecto de ley contempla una serie de controles y eventuales sanciones.


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