Año CXXXV
 Nº 49.631
Rosario,
lunes  14 de
octubre de 2002
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A sólo seis semanas de la expiración del período ordinario de sesiones
La reforma política provincial domina la agenda legislativa
La modificación de la ley de residencia y el libre acceso a la información de gobierno podrían tratarse esta semana

Marcelo Carné Atilio Pravisani / La Capital

A seis semanas de la expiración del período ordinario de sesiones, cuya prórroga constitucional se extiende hasta el 30 de noviembre, los proyectos de reforma politica dominan sin duda la agenda parlamentaria en la Legislatura santafesina.
Luego de que el Senado destrabara la aprobación del mensaje de la Casa Gris que reduce a la mitad la integración de los Concejos Deliberantes de Rosario (de 42 a 21 concejales) y Santa Fe ( de 23 a 13) -que será convertido en ley en las próximas semanas por la Cámara de Diputados- las comisiones legislativas se aprestan a dar despacho para su aprobación en las últimas sesiones ordinarias del año a otros proyectos vinculados con la denominada reforma política.
En la Cámara alta santafesina dos proyectos tienen preferencia para ser tratados con despacho de las comisiones el próximo jueves: uno del diputado justicialista Juan Demaría que modifica la ley de residencia referida a la exhibición de las listas provisionales y por el cual se mejora la representación política en las poblaciones más pequeñas de la provincia.
La restante iniciativa que analizarán esta semana los senadores también proviene de la Cámara baja. Su autor es el diputado demócrata progresista Carlos Favario y establece el derecho al libre acceso a la vista y a la información de los actos de gobierno.

Habrá modificaciones
Según anticiparon fuentes parlamentarias a La Capital, las comisiones senatoriales evalúan la posibilidad de introducir modificaciones a ambos proyectos, que en consecuencia volverían en revisión a la Cámara de Diputados.
Por su parte, la comisión de Asuntos Comunales de la Cámara baja se apresta a emitir dictamen pasado mañana al mensaje del Poder Ejecutivo que contiene el segundo tramo de la reforma política.
Esta segunda etapa de la reforma comprende la creación de institutos de democracia semidirecta en el ámbito municipal. Aunque su aspecto más interesante para darle mayor participación a la gente, es la que permite al ciudadano el derecho de convocatoria y destituir a uno o varios funcionarios electivos, el cual podrá ser promovido por un número de electores no inferior al 20 por ciento del padrón electoral.
Fuentes parlamentarias de la Cámara de Diputados consultadas por este diario sostienen que los institutos contemplados en este segundo tramo de la reforma política, no exhiben aristas conflictivas como las que se suscitaron con el tránsito en ambas Cámaras parlamentarias del mensaje oficial sobre reducción de los Concejos municipales, que, de todos modos, será progresiva y recién se hará efectiva después de las elecciones del 2005.
No obstante dichas fuentes admiten que podrían subsistir algunos elementos principistas discordantes con el texto oficial, como el concepto de autonomía municipal que sectores de la oposición como el PDP y la UCR defienden a capa y espada.

Un dictamen a tener en cuenta
Con todo, a partir del despacho de la comisión de Asuntos Comunales que preside el justicialista ex intendente de Gálvez, Enrique Alvarez, y donde están representados el PJ, la PDP, la UCR y el bloque del radicalismo en la Alianza, se podrá tener una visión más aproximada a lo que pueda suceder en el recinto de sesiones, donde de todas maneras el oficialismo cuenta con los votos suficientes para imponer la aprobación del mensaje.
Para poner en marcha esta norma incorporando diversos institutos de democracia semidirecta en los municipios de la provincia, el texto remitido por la Casa Gris modifica la ley orgánica de municipalidades y comunas, estableciendo a partir del artículo 107 que el electorado es "titular de los derechos de iniciativa popular, referéndum y revocatoria de los funcionarios electivos municipales".
En este marco, la iniciativa popular le permitirá al vecino (elector) de cada ciudad o comuna con un número no inferior al 1,5 por ciento proponer la sanción de ordenanzas en donde están excluidas la creación de secretarías, presupuesto, tributos, faltas y contravenciones, convenios intermunicipales y todo asunto que importe un gasto que no se provea de los recursos necesarios.

El tema del referéndum
El referéndum comprende dos figuras. Una obligatoria donde el electorado puede ser consultado con carácter obligatorio y vinculante con el objetivo de sanción, reforma o derogación de una norma de alcance general. La figura del referéndum facultativo (o consulta popular) puede ser convocada con carácter no vinculante por el Concejo o el Departamento Ejecutivo Municipal sobre decisiones de sus respectivas competencias, siendo el sufragio de carácter obligatorio.
Finalmente la figura de la revocatoria popular permite la destitución de sus cargos de uno o más funcionarios electivos municipales.
El pronunciamiento popular podrá referirse a la confirmación o destitución sometidos a la revocatoria. En caso de que en virtud de la revocatoria se debiera convocar a elecciones, no podrán ser candidatos los funcionarios removidos, en tanto que los electos asumirán para completar el período.



La Legislatura santafesina, centro de la atención.
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