Año CXXXV
 Nº 49.614
Rosario,
viernes  27 de
septiembre de 2002
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Beneficio para los hijos de emigrantes españoles

El Senado de España completó la sanción de una ley por la cual los hijos de emigrantes españoles nacidos en el exterior podrán adoptar la nacionalidad de sus padres sin límite de edad, en tanto que los nietos deberán acreditar un año de residencia legal para reclamar ese beneficio, confirmaron fuentes del parlamento ibérico.
La Reforma al Código Civil en Materia de Nacionalidad, una iniciativa del gobernante Partido Popular (PP) que ya contaba con la media sanción de los diputados españoles, deberá esperar ahora la firma del rey Juan Carlos, para comenzar a regir a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
La normativa, que beneficiará a miles de descendientes de españoles emigrados, fue aprobada anteayer gracias a los 120 votos del PP y la Coalición Canaria, mientras que recibió 68 abstenciones de los senadores de la oposición, quienes pretendían mayor flexibilidad para otorgar la ciudadanía.
Los legisladores del PP impulsaron la modificación al Código Civil para que los hijos de cualquier español, sin importar dónde hayan nacido, hereden automáticamente la nacionalidad, pero rechazaron la pretención de los socialistas, vascos, catalanes y gallegos para dar sin más requisitos, idéntica facilidad a los nietos.
Así, quienes tengan a abuelos españoles de nacimiento, deberán residir legalmente al menos un año en España antes de poder reclamar su nacionalización, un plazo igual al impuesto a los hijos nacidos en España de los extranjeros con residencia legal.
La oposición se manifestó "decepcionada" por entender que la modificación legislativa se queda "corta al no responder a las necesidades que demanda el fenómeno de la inmigración".
En los casos de países como Argentina, Uruguay y el resto de Iberoamérica, el mantenimiento de las restricciones a la concesión de la ciudadanía afecta a los nietos de los gallegos que alguna vez tuvieron que emigrar fuera de España.
Sobre este punto, la senadora popular María Australia Navarro aseguró que resulta adecuado exigir un requisito de arraigo -un año de residencia- a los nietos de españoles nativos, ya que los padres del reclamante no son españoles y pueden no tener ninguna relación con ese país.
Navarro dijo que "es preciso un vínculo con el territorio" y advirtió que "no se puede obligar a adquirir una nacionalidad", como ocurriría de establecer la obtención automática para los hijos de padres no españoles sin un requisito temporal. (Télam)


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