Año CXXXV
 Nº 49.589
Rosario,
lunes  02 de
septiembre de 2002
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Avanza un proyecto de endurecer las penas por la tenencia ilegal de armas
La Cámara de Diputados aprobaría una iniciativa que asigna a este delito penas no excarcelables

Buenos Aires.- La Cámara de Diputados de la Nación avanzará en la sanción de un proyecto de ley que agrava las penas por la portación ilegal de armas de guerra para que ese delito no pueda ser excarcelable, lo que ya obtuvo el respaldo de la comisión de Legislación Penal.
La sanción de este proyecto tendría viabilidad a la luz de los acuerdos alcanzados en la citada omisión -que conduce la radical Margarita Stolbizer- entre diputados justicialistas, radicales y provinciales.
Desde hace años existe una fuerte preocupación en los expertos criminalísticos por la falta de control en la venta de armas, y nadie sabe con certeza cuántas están en poder de los ciudadanos, que optan por buscar un elemento que les permita defenderse de los constantes ataques a su seguridad.

Contraste de números
El presidente de la comisión de Seguridad Interior, Fernando Montoya, aseguró que "la cantidad de armas ilegales que existen en Argentina alcanzarían las 2 millones" y señaló que "el 99 por ciento de los delitos violentos se llevan a cabo con armas de fuego y, de ellos, casi el 100 por ciento con armas ilegales".
Detalló que en el país "constan registrados 740.416 usuarios de armas de fuego, de los cuales 393.673 pertenecen a la categoría de uso civil y 346.743 a las armas de uso civil condicional también conocidas como armas de guerra".
"El 82,5 por ciento de esas armas está en manos de usuarios individuales y sólo el 14 por ciento está en poder de las fuerzas de seguridad y de las empresas privadas de seguridad", precisó Montoya y agregó que "en manos de estos usuarios de armas de fuego hay 2.224.729 armas".
El proyecto acordado entre los bloques políticos en la comisión de Legislación Penal apunta a convertir en no excarcelable la tenencia ilegal de armas, en especial, en los casos de armas de guerra, acopio, y fabricación de bombas. En ese sentido, el dictamen establece que "la portación de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, será reprimida con prisión de uno a cuatro años y que esta pena será de tres a ocho años si el arma fuere de guerra". "En el caso de que el portador fuera tenedor autorizado del arma de que se trate, la pena se reducirá a la mitad de la escala penal prevista", se explica.
Tampoco será excarcelable el delito de acopio de armas de fuego, piezas de estas, municiones o instrumental para producirlas que tendrá pena de cuatro a diez años.
También, los diputados modificaron el Código Penal para sancionar la simple tenencia de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal y dispusieron que se podrá imponer prisión de un mes a un año en esos casos. La pena aumenta de tres a seis años de prisión cuando se trate de armas de guerra.
También recibirá fuerte penas, es decir no será excarcelable, la elaboración, fabricación de bombas o cualquier material explosivo que pueda causar un daño irreparable en la sociedad.
Sobre este punto, el proyecto dice que la persona partícipe en la elaboración de productos, que fabrique, suministrare, adquiriere, sustrajere o tuviere en su poder bombas, materias explosivas, inflamables, asfixiantes o tóxicas, será reprimido con reclusión o prisión de cinco a quince años.
También se impondrá "la misma pena a la persona que contribuya a la comisión de delitos contra la seguridad común o destinados a causar daños en las máquinas o en la elaboración de productos, diere instrucciones para la preparación de sustancias o materiales mencionados".
El proyecto penaliza, además, con prisión de seis meses a tres años a la persona que proporcione un arma de fuego a quien no acreditare su condición de legítimo usuario y establece que en el caso de dar el arma a un menor la pena será de uno a seis años de prisión. (Télam)


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