El fiscal de Cámaras José María Peña apeló el sobreseimiento de un hombre que mató con un tiro de escopeta a un muchacho al que sorprendió en su camión y supuestamente estaba a punto de dispararle con un arma. El homicida había sido desincriminado porque según el juez de Instrucción Osvaldo Barbero actuó en legítima defensa, pero Peña sostiene que esto no está probado y que corresponde seguir investigando el caso como un homicidio. El caso involucra a Abelardo Sergio Ricardo Boja, quien la noche del 11 de abril asesinó a Cristian Martín Espinoza, de 18 años, con una escopeta calibre 16. La víctima recibió la descarga en la zona inguinal y en los genitales y murió desangrado 24 horas después en el Hospital de Emergencias Clemente Alvarez. Boja dijo que estaba en su casa, en jurisdicción de la comisaría 18ª, cuando oyó ruidos en su camión, que estaba estacionado en el frente. Cuando salió dijo haber visto a dos muchachos intentando robar en el vehículo, y sostuvo que en ese momento abrió fuego para intimidar a los intrusos al ver que lo apuntaban cada uno con un arma. Sin embargo el hombre se contradijo cuando declaró que el tiro se le había escapado. Por eso no se entiende, dictaminó ahora Peña, por qué el juez Barbero lo sobreseyó atento a que supuestamente disparó para defender su propia vida. La decisión de Barbero se conoció los primeros días de julio, justo antes de la feria, pero después la fiscal Cristina Rubiolo apeló y de ese modo obligó a una revisión de la resolución del juez. Esta tarea quedó a cargo de la Sala IV de la Cámara Penal, integrada por Rubén Jukic, Antonio Paolicelli y Guillermo Fierro. Es en ese marco donde Peña produjo su dictamen. Allí expone que no hay pruebas de que Boja haya actuado en legítima defensa, porque el único indicio de la supuesta amenaza por parte de Espinoza y el otro muchacho, que escapó, es su propio relato. Además, el fiscal marcó algunas contradicciones en las sucesivas declaraciones de Boja y puntualizó un detalle a su juicio decisivo para probar que no actuó en legítima defensa, ya que en una de esas oportunidades afirmó que el tiro se le había escapado. "Si fue así, entonces no actuó en defensa propia sino con negligencia", dijo Peña. Por esa razón, pidió a la Cámara Penal que revoque el sobreseimiento de Boja. Una posibilidad, expresada en su dictamen, es que se lo investigue como autor de un homicidio culposo. Y la otra es más grave ya que podría tratarse de un homicidio simple. La diferencia es que mientras el primero sólo tiene una pena en suspenso, el otro se castiga con un mínimo de 8 años de prisión.
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