El gobierno emitirá un bono por 24 mil millones de pesos para que las provincias, que afrontan serios problemas financieros, cancelen deudas con bancos locales.
De esta masa global, la provincia de Buenos Aires canjeará 8.297 millones, la tercera parte del total, Córdoba y Chaco unos 1.570 millones y Formosa 1.428. En la otra punta están Santiago del Estero (66,9 millones), San Luis (68 millones), Santa Cruz (108 millones), Tierra del Fuego (183 millones) y Santa Fe, con 206 millones.
El ministro de Economía, Roberto Lavagna, anunció ayer que se logró un acuerdo entre las provincias y los bancos acreedores para la refinanciación de los pasivos mediante un bono del Estado nacional, a 16 años, con una tasa de interés del dos por ciento anual más ajuste por la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), y que se cancelará con la afectación del 15 por ciento de los recursos coparticipables.
A pesar del compromiso de las provincias de pagar con coparticipación, algunas para el 2005, "no les alcanzará" con los actuales niveles de ingresos tributarios, pero para ese año "la economía argentina estará en condiciones de afrontar esos deslices", estimó Lavagna.
La mayor parte de las provincias se encuentra recortando gastos para poder cumplir con un compromiso que tomaron ante gobierno nacional y el Fondo Monetario Internacional (FMI) para reducir este año su déficit fiscal en un 60 por ciento.
"Esto es fundamental para las provincias porque les permite el reordenamiento financiero de las provincias y ayuda a despejar el clima en las economías regionales", remarcó Lavagna.
La situación con los bancos
Por otra parte, las deudas que los estados provinciales tenían con sus propios bancos serán pesificadas uno a uno, en la media en que esas obligaciones hubieran sido originadas a partir de la adquisición de carteras crediticias aprobadas por el Banco Central, según un decreto publicado ayer en el Boletín Oficial.
La medida, promulgada a través del decreto 1.443/02, aclaró que la excepción no comprende a las deudas provinciales que hayan sido instrumentadas a través de títulos públicos, bonos, letras del tesoro o préstamos y que hayan sido o sean presentadas en forma voluntaria para su conversión a préstamos garantizados o bonos nacionales garantizados.
La norma aclaró que la excepción tendrá vigencia en la medida que dichas deudas estuvieren originadas en la adquisición de carteras crediticias aprobadas por el Banco Central.
Respecto de las entidades financieras alcanzadas por las disposiciones del decreto, se estableció que el Ministerio de Economía queda facultado a emitir bonos para resarcirlos de la pesificación asimétrica dispuesta a principios de años, con la salida de la convertibilidad.
Indicó que será el ministerio de Economía el que fijará el monto máximo que se destinará a la compensación establecida en el decreto, al tiempo que será la autoridad de aplicación e interpretación del decreto, que comenzó a regir a partir de ayer.