Año CXXXV
 Nº 49.560
Rosario,
domingo  04 de
agosto de 2002
Min 8º
Máx 14º
 
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cartas
¿Caja rápida de Santa Fe?

A través de esta carta quiero dirigirme a la Caja de Jubilaciones de Santa Fe y expresarle lo siguiente. En el mes de septiembre de 2001 falleció un familiar. En octubre presentamos toda la documentación que nos exigían para cobrar un mes de haber jubilatorio, la parte del medio aguinaldo y el subsidio por fallecimiento. Recién en el mes de junio de este año recibimos la resolución por la que se nos acuerda el haber y el aguinaldo, no así el subsidio porque consideran que los comprobantes acreditados no reúnen los requisitos legales vigentes. Pagamos varios derechos en el cementerio por inhumación, movimiento de tapas, libre deuda, etcétera, gastos que podrían ser abonados porque figuran en el ítem: tasa de cementerio (cremación o derecho de inhumación) del subsidio. Pero, parece ser que esto no es gasto. En cambio si hubiéramos realizado una cremación -por lo que la Municipalidad cobra 28,14 pesos- o hubiéramos anexado un coche más en el servicio fúnebre, entonces sí. Pero nuestros gastos fueron mucho más que la cantidad mencionada. No me parece razonable. Como aún no hemos cobrado ese dinero adeudado me informaron que recién están abonando las resoluciones de marzo. Es increíble que un dinero que no se cobró en su momento y regresó a la Caja necesite tanto tiempo para hacerse efectivo. Yo me pregunto: ¿a esto llaman Caja rápida de Santa Fe?
LC1.043.858


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