Año CXXXV
 Nº 49.539
Rosario,
domingo  14 de
julio de 2002
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El Estado debe asistir a una anciana impedida
Un fallo obliga a la provincia de Entre Ríos a brindar atención médica a una jubilada

En un fallo que sentará precedente a nivel nacional, el Estado entrerriano fue conminado a brindar "en forma inmediata y expedita" atención médica y asistencial y proveer de medicamentos a una jubilada que sufre una degradación neurológica progresiva, cuyos ingresos le impiden solventar los gastos de salud.
El histórico fallo fue pronunciado a pocos días del que produjo el juez de Menores y Familia Nº 2 de Paraná, Roberto Parajón, quien a fines de junio pasado ordenó a un supermercado local entregarle a un familia careciente alimentos por un valor de 190 pesos semanales.
En este nuevo caso, la sala I de la Cámara del Crimen, integrada por los jueces Felipe Celli, Juan Ascúa y Juan Sobrero, resolvió ordenar al gobierno entrerriano "que en forma inmediata y expédita imparta a los organismos pertinentes la orden de una muy urgente atención primaria médica y asistencial y la provisión de los medicamentos imprescindibles a la accionante Guadalupe Rovitti".
La mujer, quien padece problemas coronarios y de asma y sufre una enfermedad que le provoca una degradación neurológica progresiva, recibe junto a su marido, Polonio Guzmán, una jubilación provincial que no alcanza para hacer frente a los gastos de medicamentos que mensualmente debe enfrentar.
A la situación de salud, se suman los padecimientos de su esposo que no puede dejarla sola en la casa ni un momento y debe hacer largas colas en el Instituto Provincial de Obra Social (Iosper), para obtener algún reintegro de los casi 400 pesos mensuales que gastan en medicamentos, suma casi imposible de pagar con los sueldos que percibe la pareja de ancianos.
La dramática situación llevó al matrimonio a presentar una acción de amparo para que, por razones humanitarias, se le brinde asistencia médica a la anciana. (Télam)


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