Mientras el FMI redobla su presión para que sea compulsivo el canje de ahorros por bonos, la Justicia declaró ayer la "ilegitimidad" del corralito financiero, así como la pesificación a 1,40 de las colocaciones en dólares y la reprogramación de depósitos dispuesta por el Ministerio de Economía.
Si bien se descuenta que la medida será apelada por el Poder Ejecutivo y el Banco Central (BCRA), el fallo dictado ayer por la jueza federal Emilia García, del fuero contencioso administrativo, favorece a todos los ahorristas del país y constituye el primer pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión.
"Este fallo es el primer peldaño para restablecer el derecho de propiedad. Y deja en igualdad de condiciones tanto al ahorrista que recurrió a la Justicia como a aquel que no lo hizo. Todo el universo de los afectados por el corralito está abarcado en la resolución", explicó el defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino.
El ombudsman nacional, en representación de todos los depositantes del sistema, demandó al Poder Ejecutivo, al Ministerio de Economía y al Banco Central por la retención compulsiva de colocaciones. Y ayer ganó una batalla judicial que terminará por definir la Corte Suprema de Justicia, que ya decretó la inconstitucionalidad del corralito.
Mondino anticipó que si el gobierno lleva el caso directamente a la Corte por vía del per sáltum pedirá al alto tribunal un "pronto despacho" a los fines de acelerar los tiempos en beneficio de los depositantes.
Una falta de respeto
La jueza García sostuvo que la pesificación obligatoria de los depósitos en dólares a una paridad de 1,40 peso por billete estadounidense "modifica de tal modo el capital originario que da por tierra con la idea del respeto al contenido mínimo esencial de un derecho que nunca puede ser suprimido, alterado ni violado".
En una resolución de 12 carillas, la magistrada recordó que la Corte decretó en febrero pasado la inconstitucionalidad del corralito, que mantiene inmovilizados los depósitos bancarios desde diciembre de 2001.
La Corte sostuvo que la confiscación de fondos constituye un "desconocimiento de derechos adquiridos" por parte del Estado y "una injustificada lesión al derecho de propiedad", memoró García. El Ejecutivo fue facultado a "establecer el sistema que determinaría la relación de cambio entre el peso y las divisas extranjeras" y a fijar una "reestructuración de las obligaciones referidas tanto al sistema financiero como a los contratos firmados por la administración y entre particulares", explicó el Central en el marco del proceso, y defendió el "sustento constitucional" de ese paquete de reglas.
Sin embargo, la jueza García rechazó esos argumentos y subrayó que la pesificación de depósitos a 1,40 "implica una pérdida mayor del 50%" de lo que el ahorrista confió al banco, "lo que importa, lisa y llanamente, la confiscación de la propiedad".