Año CXXXV
 Nº 49.504
Rosario,
domingo  09 de
junio de 2002
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La renovación de mandatos sacude a los constitucionalistas
Una polémica que derribó las paredes del Congreso para dividir las posiciones de los principales expertos

Javier Felcaro / La Capital

El proyecto que promueve la renuncia masiva de legisladores nacionales para permitir la renovación general del Congreso detonó una polémica que, tras derribar las paredes parlamentarias, impactó en las opiniones de los constitucionalistas. La Capital testeó a los principales expertos, quienes sumaron lo suyo a un debate que ya provocó que la mayoría de los diputados le diera la espalda a la iniciativa, ahondando las diferencias en la bancada justicialista de la Cámara baja.
Si bien Eduardo Barcesat aseguró que la propuesta, impulsada por diez diputados del PJ díscolos, es compatible con la Constitución, admitió que la "fórmula ideal" es la del consenso.
En ese sentido, el constitucionalista ejemplificó: "Que todos entreguen su renuncia a la fecha que se establezca para una nueva elección. De no ser así, habría que establecer una caducidad por decisión de los legisladores, algo inviable".
Aunque otro sería el cantar si se convocara una Convención Constituyente "que imparta directivas a las Asambleas provinciales", instancia que "se corresponde más con el anhelo de un momento refundacional de la República".
Según el abogado, la respuesta al clamor popular que exige "que se vayan todos" es posible siempre que la Convención sea "de características de poder originario, no como la de 1994, acotada a reformar un determinado punto".
Consultado sobre la posibilidad concreta de algún tipo de resignación individual, aseveró: "Me conformaría con que ambas Cámaras declararan la necesidad de la reforma constitucional y que después la Convención establezca la caducidad de los mandatos".
Daniel Sabsay, en tanto, afirmó que la caducidad de mandatos "no está prevista como modo de terminación de períodos de los funcionarios" y dio por sentado que, "si se hace, implica una decisión inconstitucional y un precedente peligroso".
¿Por qué? El constitucionalista elaboró su propia teoría: "Lo que hoy es algo muy útil mañana puede transformarse en la herramienta de algún aventurero que, teniendo una mayoría precaria, provoque una caducidad de mandatos para generar una elección y conseguir una mayoría abrumadora que destruya toda posibilidad de control de su acción gubernamental".
"Cuando uno propone algo que implica saltar el cerco de la legalidad hay que pensar en el riesgo de la seguridad jurídica, pero también en el precedente dañino que se establece a futuro", alertó el abogado.
Sabsay consideró a la renuncia como una forma de conclusión prematura de un mandato popular "absolutamente" reconocida en la Constitución, aunque subrayó la importancia de una dimisión voluntaria porque, caso contrario, "entramos en una situación de facto". Y agregó: "Debería comprender a todos los titulares de bancas y a sus suplentes, o a aquellos destinados a sucederlos".
El abogado, además, dijo que es "discutible" que la Convención pueda generar una caducidad de mandatos. "Sólo sería viable si la convocatoria obedece a un gran acuerdo que implique modificar de cuajo las reglas del juego político y electorales", precisó.
Según Sabsay, esto "permitiría iniciar un nuevo ciclo republicano", aunque -se sinceró- "requiere de situaciones muy excepcionales para poder realizarse". Por último, dejó picando una reflexión: "Mucho cuidado con este vértigo de que «nos vamos todos, es lo que pide la gente», porque estamos poniendo el arado entre los bueyes. Si no cambiamos las reglas del juego político, aparecerán más o menos los mismos".
A su turno, Gregorio Badeni advirtió que la Constitución "no prevé ni permite" disponer la caducidad a nivel legislativo, ejecutivo y judicial. Y recordó que quienes son designados para ejercer estos cargos "deben desempeñarlos hasta que concluyan sus mandatos, se los remueva o renuncien y su dimisión sea aceptada".
Al analizar la eventual realización de una Convención, Badeni estimó que "primero sería necesario cumplir con el artículo 30, que declara la necesidad de la reforma con los dos tercios de los votos de la totalidad de los miembros de ambas Cámaras, y convocar al pueblo para que elija convencionales".
"Después, la Convención se podría expedir, pero lo que ésta no podría hacer es dejar sin efecto los mandatos vigentes. Sí efectuar modificaciones a futuro, pero no con carácter retroactivo", detalló el constitucionalista.
También fue contundente a la hora de evaluar las demandas ciudadanas: "La única manera de satisfacerlas es haciendo una revolución y violando la Constitución, un golpe de Estado cívico".



Las demandas de recambio rodean el Congreso.
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