Año CXXXV
 Nº 49.484
Rosario,
martes  21 de
mayo de 2002
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Un decreto habría indexado créditos prendarios y personales en pesos
Lo denunció la Oficina del Consumidor ante legisladores nacionales. Marcharía a contramano de la ley

Por arte y magia del decreto que eliminó la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) de los créditos pesificados, los préstamos prendarios y personales contraídos en pesos antes de la devaluación pasaron ahora a estar indexados según el aumento de salarios. Así lo sostiene un informe preparado por la Oficina Municipal del Consumidor, cuyo titular, Carlos Comi, efectuó ayer una presentación del problema ante un grupo de legisladores nacionales.
Comi interiorizó ayer a los diputados Angel Baltuzi, Rubén Giustiniani, Alberto Piccinini y Alicia Gutiérrez de la preocupación elevada por deudores del sistema financiero ante la entidad comunal.
El funcionario explicó que en virtud de lo dispuesto por la ley de emergencia económica (25561) la indexación está prohibida en el país, excepto para las obligaciones contraídas en dólares antes de la devaluación, que luego fueron pesificadas por medio del decreto 214/02 que dio origen al CER. O sea, ninguno de los viejos préstamos, entre ellos los prendarios y personales, pueden ser afectados por mecanismo alguno de indexación.
El texto del decreto (762/02) consigna que se excluye de la aplicación del CER a los préstamos personales contraídos en dólares y pesos hasta doce mil y lo mismo con los prendarios hasta treinta mil. A renglón seguido, la norma dice que esas operaciones serán afectadas por el flamante CVS (Coeficiente de Variación Salarial). Corolario: las obligaciones en pesos que no estaban afectadas por ningún tipo de indexación, terminan con el CVS a cuestas.
"Esta norma que venía a resolver los problemas originados en el CER en el caso de los deudores de obligaciones en pesos, los agrava ya que los obliga a una indexación de la cual estaban exentos", criticó Comi y pidió "que se arbitren medidas desde la Cámara baja del Congreso para corregir esta inequidad que ademas resulta flagrantemente inconstitucional por disponer un decreto cargas mucho más gravosas que las mismas leyes del Congreso de la Nación".
Los funcionarios de la Oficina del Consumidor desconocen si se trató de un error o de una maniobra deliberada, pero lo cierto es que si no media una aclaración de parte de las autoridades de aplicación, podría convertirse en una carga solapada para los deudores.


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