Año CXXXV
 Nº 49.400
Rosario,
domingo  24 de
febrero de 2002
Min 14º
Máx 27º
 
La Ciudad
La Región
Política
Economía
Opinión
El País
Sociedad
El Mundo
Policiales
Escenario
Ovación
Suplementos
Servicios
Archivo
La Empresa
Portada


Desarrollado por Soluciones Punto Com





cartas
Depósitos en el exterior

El reciente decreto 214 obligó a los bancos locales a canjear su encaje técnico, o sea la tenencia de dólares billetes estadounidenses por pesos, aunque luego una contraorden del Banco Central dejó en suspenso ese mandato de pesificar 800 millones. Pero mucho más trascendente es arbitrar todos los mecanismos para que compulsivamente se afecten los depósitos en el exterior de ciudadanos agentinos a la cancelación de los compromisos internacionales. Esa fuente genuina y rápida de recursos, siempre que se encuentre justificada impositivamente, podrá ser compensada con bonos que emita el Estado, caso contrario importa la confiscación lisa y llana. Abortar este intento que contraería principios básicos de transparencia en el flujo de fondos es un deber ciudadano e incurren en incumplimiento de los deberes de funcionario público quienes no arbitren urgentes decisiones al respecto.
Armando José Auzmendi


Diario La Capital todos los derechos reservados