Año CXXXV
 Nº 49.398
Rosario,
viernes  22 de
febrero de 2002
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La crisis. Un instrumento para que las pymes accedan al financiamiento
La nueva factura de crédito es obligatoria
El nuevo mecanismo servirá para que los bancos adelanten pagos y gestionen las cobranzas a los deudores

Una nueva versión de la factura de crédito fue lanzada ayer por el gobierno como mecanismo de financiamiento para las pequeñas y medianas empresas. Ahora será de aceptación obligatoria y permitirá que los bancos adelanten el dinero a las firmas vendedoras.
El acto de presentación fue encabezado por el presidente de la Nación, Eduardo Duhalde. "Yo tengo clarísimo hacia donde vamos, aunque no sé si tendremos fuerzas para arribar al objetivo, pero no tengo dudas que el rumbo es el de la producción y el trabajo", aseveró Duhalde, ante unos 300 empresarios pymes en la ceremonia desarrollada en la Residencia de Olivos.
En el acto también estuvieron presentes el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, el ministro de la Producción, Ignacio De Mendiguren, y los titulares de los bancos Nación, Enrique Olivera; Provincia, Ricardo Gutiérrez, y Ciudad, Roberto Feletti.
De Mendiguren, Olivera, Gutiérrez y Feletti destacaron los beneficios que traerá la factura conformada para restablecer el crédito a las pymes y para tender a normalizar la cadena de pagos.
El ministro de Producción dijo que es "un acto de justicia" para las empresas de menor porte, tras admitir que actualmente sólo el 25 por ciento está en condiciones de obtener financiamiento.

Cómo se opera
La factura de crédito será un mecanismo de financiamiento para las pequeñas y medianas empresas de aceptación obligatoria, según lo disponen las nuevas normativas en vigencia.
El sistema, parecido a la "duplicata" que existe en Brasil, funciona de la siguiente manera: \Ante una operación de venta a plazos de cosas, prestación de servicios, o realización de una obra, la pyme emite una FC que es firmada por el comprador.
El documento, posteriormente, es presentado ante un banco, que le adelanta el dinero a la pyme y se encarga de la gestión de cobranza al deudor.
Estos son los detalles del sistema: \* Están obligados a emitir y aceptarla los contribuyentes del IVA.
* Se emite con la factura común. Si el pago es en cuotas se deberán emitir tantas facturas como cuotas.
* El documento deberá contar con la leyenda "Factura de Crédito", identificar a las partes, plazos e importes.
* Cuando la factura se presenta ante el banco, este emite un título valor denominado "Cobranza Bancaria de FC".
* El deudor deberá cancelar el título ante el banco.
* El vendedor deberá darle al comprador una copia de la cobranza bancaria antes de los 15 días corridos.
* El comprador que no firme la factura que le emite la pyme no podrá computar el crédito fiscal del IVA ni las deducciones de ganancias.
* Además será pasible de sanciones por violar la ley de lealtad comercial.
* Están exceptuados del sistema los monotributistas, y los responsables no inscriptos del IVA.
* Tampoco se emitirá la factura de crédito cuando la venta sea a un plazo menor de 15 días, cuando se usen cheques diferidos, se cancele la deuda con bienes o con el recibo de una factura endosada.


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