La Cámara Penal declaró nulo el fallo que condenó a un ex policía y ex custodio del futbolista Juan Antonio Pizzi a 12 años de prisión como autor de un ataque sexual contra dos parejas de adolescentes. La decisión se basa en que los sucesos ocurrieron la madrugada del 2 de enero de ese año y el condenado nunca tuvo oportunidad de decir qué hizo ese día ya que en la acusación siempre se le endilgó haberlo hecho 24 horas antes.
A Javier Andrés Castro, de 32 años, lo acusaron de atacar a dos parejas de jovencitos la madrugada del 1º de enero de 2000. Toda la defensa encabezada por el abogado Eduardo Sosa se basó en lo que hizo ese día, pero como los ataques ocurrieron un día después la Justicia no le dio oportunidad a Castro de demostrar qué hizo durante esa jornada.
Sorprendidos en Funes
El ataque ocurrió en un chalé de Funes, donde un solitario atacante sorprendió a dos parejas muy jóvenes y los amenazó de muerte con un arma de fuego, aparentemente una Browning. El intruso ató pies y manos de una de las parejas y obligó a la otra chica a que practicara sexo oral a su novio. Luego la violó y más tarde desató y manoseó a la otra chica. Finalmente se perdió en la inmensidad de la noche.
Las víctimas alcanzaron a ver que el atacante se movilizaba en un Peugeot 505 azul con patente vieja. Este dato sirvió a los investigadores policiales de la sección Seguridad Personal y el juez Alfredo Ivaldi Artacho para seguir la pista del sospechoso. Finalmente ubicaron ese auto en el barrio de Arroyito y descubrieron que tenía pedido de captura de la policía bonaerense: el vehículo era robado.
Inesperadamente, un hallazgo los ayudó a identificar a Castro. En la guantera había un papel, y allí estaba escrito su nombre. El ex policía fue detenido y más tarde las víctimas reconocieron su auto. Dos de ellas también señalaron a Castro como el solitario atacante. Otra dudó entre él y su hermano, que se le parece, y la cuarta lo identificó con dudas.
El sospechoso fue procesado por Ivaldi Artacho y el 25 de septiembre de 2001 el juez de sentencia Ernesto Genesio lo condenó a 12 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma y privación ilegítima de la libertad agravada. Pero Castro, que siempre se declaró inocente, apeló y el fallo subió a la Sala I de la Cámara Penal.
Ahora los jueces Alberto Bernardini, Ernesto Pangia y Eduardo Sorrentino dijeron que la sentencia condenatoria es nula porque no hay congruencia entre la fecha de la acusación y la de los hechos. Un vocero del tribunal dijo ayer a este diario que el juicio deberá hacerse de nuevo.
El abogado Sosa, en tanto, dijo a La Capital que la defensa "se basó en lo que mi cliente hizo el 1º de enero, pero resulta que el hecho no ocurrió ese día sino otro y por lo tanto él no pudo defenderse". Según el letrado, esto implica la violación de un derecho y por eso pidió que la sentencia condenatoria se declarara nula, tal como ahora hizo la Cámara.
Como consecuencia de este fallo, el juez Genesio tendrá que iniciar un nuevo juicio, abrir otra vez el período de prueba y finalmente, cuando Castro haya hecho todos sus descargos, emitir un nuevo veredicto.