Las entidades financieras deberán entregar al Banco Central de la República Argentina (BCRA) todos los billetes en dólares u otras monedas extranjeras que tuvieran como disponibilidades, las que serán convertidas a pesos con la equivalencia 1 dólar igual a 1,40 peso. Asimismo, serán convertidos en idéntica relación todos los saldos existentes en dólares u otras monedas extranjeras en el Central a favor de cada entidad financiera. Las medida están comprendidas en el decreto de necesidad y urgencia 214/2002 sobre reordenamiento financiero publicado ayer en el boletín oficial.
Además, a partir de mañana las entidades financieras no podrán vender divisas, con un doble objetivo por parte del gobierno: complicar la compra de dólares por parte de particulares, restringiendo la oferta, y por otro lado quitarle de encima a los bancos la presión de la gente que reclama la devolución de sus depósitos en dólares.
El decreto establece los puntos principales del mensaje del domingo del ministro de Economía, Jorge Remes Lenicov, aunque no hace mención a la liberación de las cuentas salariales de las restricciones del corralito, que será materia de otra medida, en la que se encuentran trabajando los técnicos del Central.
La nueva norma establece que los bancos deberán cumplir con su obligación de devolver a los depositantes pesos a la relación 1,40 por dólar, pero lo harán de acuerdo con las restricciones de tiempo y forma ratificadas por el gobierno el domingo.
Por otra parte, el decreto 214 establece que todas las deudas en moneda extranjera con el sistema financiero serán convertidas a pesos a razón de 1 peso por cada dólar. El deudor deberá devolver pesos en base a dicha relación.
Estos fondos depositados y también los adeudados, son actualizados ya desde ayer mediante la aplicación de un Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) que será publicado por el Banco Central.
Si bien la norma no lo indica explícitamente, fuentes del BCRA indicaron que el CER no se aplicará a los depósitos y préstamos pactados originalmente en pesos, sino sólo a aquellos en dólares que fueron pesificados.
Sobre los depósitos se aplicará una tasa de interés mínima y una máxima para los préstamos, las que aún no fueron precisadas.
El mismo decreto establece además la suspensión por 180 días de todos los procesos judiciales y medidas cautelares y ejecutorias en los que se demande o accione en razón de los depósitos, créditos o reprogramaciones financieras afectadas por el nuevo régimen.
Asimismo, el gobierno dispuso la emisión de un bono en dólares con cargo a los fondos del Tesoro nacional, por el que podrán optar los depositantes en el sistema financiero, en sustitución de la devolución de sus depósitos, con un tope de 30 mil dólares por titular y por entidad financiera.
Los interesados en tomar la opción de sustitución podrán ejercer este derecho dentro del plazo de 90 días, contados desde la publicación de la norma que reglamente la emisión del bono.
El decreto publicado ayer también deja abierta la posibilidad de pagar con un nuevo bono la garantía de los depósitos hasta 30.000 pesos vigente desde abril de 1995.
Se restringe la venta de dólares
El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, informó ayer que los bancos no podrán vender más dólares al público a partir del miércoles próximo, después de que se levante el feriado bancario y cambiario.
El funcionario aseguró que el gobierno se va a comprometer "fuertemente" para que la cotización de la divisa se mantenga en valores similares a los actuales.
"El BCRA ha dispuesto un mecanismo para impedir la venta de dólares minoristas a los bancos" a partir del miércoles venidero, indicó Capitanich, quien señaló además que "vamos a tener capacidad de intervención" en la cotización del dólar "y esto va a ser una responsabilidad institucional muy clara del presidente del Banco Central".
Por su parte, los bancos advirtieron sobre posibles demoras en la implementación de las últimas medidas del gobierno. Fuentes del mercado financiero dejaron trascender la preocupación de los bancos de que "se repitan experiencias anteriores" en cuanto a que la demora en el conocimiento de las normas de implementación de las medidas anunciadas anoche, que puedan generar dificultades y nuevas incomodidades en la atención del público una vez que se levante el feriado bancario y cambiario.
Desde la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA) explicaron que si bien los sistemas están lo suficientemente "aceitados" como para poner en marcha las nuevas disposiciones, a la luz de la experiencia de los últimos meses, "es necesario contar por lo menos con 24 horas para que la nueva adecuación de los sistemas opere normalmente".