| | El Bisel aclara a sus clientes el alcance de las medidas
| Con la idea de llevar tranquilidad a los clientes a raíz de los últimos cambios producidos en el sistema financiero el Banco Bisel aclaró algunos puntos de la operatoria en el sistema financiero: * Por imperio del decreto ley 1570/1 y la ley 25.561, la devolución de los depósitos no es una decisión unilateral de las entidades financieras sino que se encuentran regulados y restringidos con carácter de orden público. Por lo tanto, los bancos se encuentran inhibidos por estas normas a proceder de otro modo. * Estamos solicitando al BCRA que, dada la excepcionalidad de la situación actual, se permita a las entidades financieras no incluir los cheques rechazados en su base de información. No obstante, se decidió no tomar en consideración para futuros cierres de cuentas los rechazos operados a partir del 3 de diciembre de 2001 y hasta el 25 de enero de 2002. * Se procedió a pesificar los saldos de tarjetas de crédito, por consumos realizados en el país a la relación un peso=un dólar de modo que aún cuando las liquidaciones recibidas por los clientes estén expresadas en dólares estos deberán ser considerados en pesos y al tipo de cambio uno a uno. * Respecto de las cuotas o capitales por préstamos vencidos durante los feriados cambiarios y bancarios se ha decidido bonificar el 100 por ciento de los intereses punitorios, cobrándose solamente los compensatorios desde la fecha del vencimiento original hasta el 31 de enero de 2002. * Se decidió suspender por 30 días, a partir del 31 de diciembre de 2001, el pase a situación irregular de los créditos vencidos eliminando el envío de información a la base del BCRA y Veraz. * Se decidió suspender por el plazo de 90 días las ejecuciones de garantías prendarias e hipotecarias. * A partir del 20 de diciembre de 2001 se aceptan el pago de los préstamos personales, hipotecarios y prendarios con Lecop y Patacones. Respecto de la ampliación a otras deudas "estamos a la espera de normativas del BCRA, dado que las mismas impiden a las entidades financieras extender la aceptación a otras obligaciones", explicó el Bisel. * Se resolvió no cobrar las multas por cheques rechazados entre el 1º de enero y hasta el 31 de enero de 2002, cuando las cuentas se encontraran abiertas y operativas. * Respecto de los sistemas, la cantidad de normas emitidas por el Ministerio de Economía y el BCRA generaron inconvenientes. * Se procedió a pesificar el tipo de cambio un peso=un dólar los préstamos hipotecarios para compra de vivienda única y familiar hasta 100 mil dólares, los prestamos hipotecarios para refacción de vivienda única hasta 30 mil dólares; los préstamos prendarios para adquisición de automotores y vehículos utilitarios (hasta 1.500 kg) hasta 15 mil pesos; y los préstamos personales hasta 10 mil pesos. En todos los casos se consideraron los montos originales para incluirlos en esa categoría. Con respecto a las normas sobre tratamiento de deudas para pymes "hemos recibido las normas del BCRA a primera hora del día y estimamos completar la pesificación durante el fin de semana próximo".
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