Año CXXXV
 Nº 49.354
Rosario,
miércoles  09 de
enero de 2002
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Nuevo plan. Los jueces invocaron la ley de emergencia pública
La Corte dejó sin efecto los fallos que liberaban el corralito
El máximo tribunal se expidió a favor de los bancos, tal como lo había hecho el pasado 28 de diciembre

La Corte Suprema de Justicia dejó provisoriamente sin efecto los fallos judiciales que autorizaron retiros de dinero sin los límites que impuso el corralito. El máximo tribunal se expidió entonces a favor de los bancos, invocando la ley de emergencia pública, que en realidad aún no había entrado en vigencia.
La ley de emergencia pública y de reforma del régimen cambiario fue sancionada, promulgada y publicada en sólo tres días pero en medio de la urgencia el gobierno omitió fijar la fecha de entrada de la misma. Ayer, para subsanar el olvido debió emitir un decreto aclarando que rige desde el domingo pasado.
Ayer, la Corte Suprema de Justicia volvió a pronunciarse a favor del corralito, tal como lo hiciera el 28 de diciembre al hacer lugar a una acción promovida por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
Ahora el máximo tribunal, que mañana será blanco de un nuevo cacerolazo organizado por la Asociación de Abogados Laboralistas (AAL), resolvió en consonancia con las aspiraciones del Banco Central, que el viernes se presentó a la Corte para pedir que quede sin efecto el fallo mediante el cual el juez en lo Contencioso Administrativo Martín Silva Garretón benefició a los ahorristas porteños.
Sucede que Silva Garretón admitió una acción de amparo colectivo interpuesta por la ombudsman porteña, Alicia Oliveira, y de ese modo todos los ahorristas de la ciudad de Buenos Aires quedaron en condiciones de reclamar a los bancos el reintegro de todos sus depósitos.
Los bancos acusaron al juez de provocar un "caos" y presentaron quejas ante el Central, que entonces recurrió a la Corte, de la cual obtuvo ayer un pronunciamiento favorable.
Un grupo de ahorristas había recusado anteayer a los jueces supremos, que de todos modos celebraron un acuerdo para suspender los efectos de todos los fallos que beneficiaron a ahorristas y asalariados con haberes depositados en el sistema bancario.
Los recursos contra el corralito plantearon la inconstitucionalidad del decreto 1570 mediante el cual el entonces ministro de Economía Domingo Cavallo fijó en mil pesos o dólares el monto máximo mensual para extracciones de cuentas bancarias, por cualquier concepto.
El decreto fue dictado en los primeros días de diciembre y obtuvo decenas de fallos judiciales en contra.

Per saltum
La nueva ley de emergencia, sancionada con el número 25.561, dedicó su artículo 18 a legitimar la vía del per saltum, que allana el camino a la Corte omitiendo instancias previas.
"Cuando se dicten medidas cautelares que(...)obstaculicen, comprometan o perturben el desenvolvimiento de actividades esenciales del Estado...o de entidades afectadas a alguna actividad de interés estatal, podrá interponerse recurso de apelación directamente ante la Corte", refiere la norma.
Y agrega, en una frase a la que ayer se aferró la Corte para dar luz verde a los bancos en la retención de depósitos, que "la presentación del recurso tendrá por si sola efecto suspensivo de la resolución dictada".
La Corte aplicó la flamante ley que deroga la intangibilidad de depósitos con la firma de los ministros Julio Nazareno, Eduardo Moliné O'Connor, Guillermo López, Antonio Boggiano y Augusto Belluscio.
La medida adoptada por los jueces recibió ayer la crítica de constitucionalistas por el hecho de que la Corte se había basado en una ley que no estaba vigente. Sin embargo, en horas de la tarde, mediante un decreto, el gobierno subsanó el error.



Nazareno, uno de los integrantes de la Corte.
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