Año CXXXV
 Nº 49.351
Rosario,
domingo  06 de
enero de 2002
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Nuevo plan. El proyecto de emergencia suspende las cesantías sin causa
Despidos: habría tregua por tres meses
Los empresarios que no la cumplan deberán pagar doble indemnización. Apunta a las privatizadas

El proyecto de ley de emergencia pública que debatía ayer a la anoche la Cámara de Diputados incluye un artículo que ordena la suspensión por un plazo de noventa días los despidos sin causas justificada.
Ese capítulo no figuraba en el primer borrador enviado por el Poder Ejecutivo aunque la posibilidad de su incorporación comenzó a ser negociada el viernes por la tarde. Finalmente y después de idas y vueltas, fue incorporado al proyecto que ayer se consensuó con la comisión de Labor Parlamentaria.
Según fuentes del gobierno nacional , la idea de introducir esta norma surgió en el medio de la pelea con los sectores económicos que se oponen al nuevo plan económico, como los bancos y las empresas privatizadas. El objetivo es tener una herramienta de negociación frente a eventuales amenazas de despidos masivos por parte de las firmas provenientes de esos sectores.

La sanción
En tal sentido, el Poder Ejecutivo propuso la inclusión del artículo 17, donde se dispone que por un plazo de noventa días quedan suspendidos los despidos sin causa justificada.
La ley aclara que, en el caso de que no se respete la normativa, los empleadores deberán abonar a los trabajadores perjudicados, el doble de indemnización que les correspondiese, de conformidad a la legislación laboral vigente.
La norma es extendible a todas las empresas aunque no da mayores precisiones. Una duda es, por ejemplo, si alcanza a empresas que han pedido procedimiento de crisis.
Por otra parte, el proyecto propone dejar sin efecto por el plazo de ciento ochenta días la ley 25.557 que eximía de las restricciones bancarias a trabajadores y jubilados.
Se trata de una ley que había votado el Congreso de la Nación en la extraña sesión del 19 de diciembre, horas antes de que el cacerolazo se llevara al ex ministro Domingo Felipe Cavallo y al ex presidente Fernando De la Rúa.
Esa legislación, que entre otros legisladores había sido impulsada por el ahora secretario de Hacienda, Oscar Lamberto, establecía la excepción a las restricciones bancarias para los sueldos y jubilaciones.
En rigor, esa disposición nunca llegó a aplicarse en forma estricta. A partir de la aprobación de la ley de emergencia pública, las cuentas de sueldos y jubilaciones mismas recibirían por ciento ochenta días el mismo tratamiento que las demás cuentas, atrapadas hasta el momento por el "corralito".



Jorge Remes Lenicov, ministro de Economía.
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