Esperanza. - La empresa Sadesa SA radicada en esta ciudad dio un comunicado donde expresa que se encuentra muy sorprendida por la contradicción de la Secretaría de Medio Ambiente de la provincia porque por un lado reconoce que se cumple con los parámetros impuestos por la ley nacional 24.051 y por el otro la intima sustentando la medida en valores guía que ni siquiera tienen fuerza de ley en su lugar de origen. La empresa expresó que "siempre ha cumplido y cumple con los parámetros y valores para agua, suelo y aire impuestos por la ley nacional 24.051 y su decreto reglamentario 831/93". Sadesa manifestó su sorpresa por la medida, que -según afirma- carece de sustento técnico y legal, "ya que no hay norma nacional ni internacional en la que puede estar sustentada. De hecho el licenciado Aníbal Vázquez, titular de dicha secretaría, reconoció públicamente que de los valores obtenidos en las últimas mediciones no se desprende infracción a ninguna norma vigente, a pesar de ello intimó a la empresa a dejar de operar una de sus instalaciones esgrimiendo el principio precautorio". El muestreo de aire encargado al Centro de Investigaciones Toxicológicas SA (CIT), reconocido por su seriedad en trabajos de este tipo, arrojó para cromo valores muy por debajo del parámetro impuesto por la tabla 10 Niveles Guía de Calidad de Aire Ambiental del decreto 831/93, reglamentario de la ley nacional 24.051, y por debajo de los límites establecidos a nivel internacional. Cabe aclarar que los resultados del CIT son coincidentes con los obtenidos en estudios encargados por Sadesa a otros dos laboratorios privados y a uno oficial en el marco de una política de monitoreo permanente. La compañía Sadesa SA afirmó que arbitrará los medios necesarios para objetar los resultados y conclusiones del informe, "por no ajustarse a la legislación nacional vigente".
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