Un fallo de un juez en lo contencioso administrativo federal ordenó ayer al Poder Ejecutivo Nacional que deje sin efecto "los decretos que restringen la libre disponibilidad de los salarios de los trabajadores".
La decisión judicial les fue notificada personalmente este mediodía a los titulares de las centrales sindicales, Rodolfo Daer y Hugo Moyano, por el magistrado Martín Silva Garretón, titular del Juzgado Federal en lo Contencioso y Administrativo número seis.
Daer y Moyano se notificaron de la medida judicial que dictó el magistrado a raíz de una presentación que hicieron en conjunto los abogados Noemí Rial y Alberto Tomasone (CGT oficial) y Héctor Recalde (CGT disidente).
La resolución dispuso "hacer lugar a la medida cautelar solicitada, y en consecuencia, decretar respecto de todos los trabajadores comprendidos en el ámbito de representación personal y territorial de la CGT, la suspensión de los decretos 1570 y 1606, en cuanto establecen restricciones a la extracción de sumas acreditadas en concepto de remuneraciones".
A través de la misma resolución, el magistrado dispuso que se libre oficio al Poder Ejecutivo Nacional, a la Jefatura de Gabinete, al ministerio de Economía y al Banco Central, a fin de poner a los mismos en conocimiento de la medida".
La medida judicial fue confirmada por el titular de la CGT oficial, Rodolfo Daer, durante una conferencia de prensa que brindó esta tarde en la sede cegetista acompañado por el dirigente Domingo Petrecca y el abogado Tomasone.
En ese sentido manifestó que "ante una presentación que hicimos, el juzgado federal del doctor Silva Garretón falló ayer a favor de que los trabajadores puedan disponer libremente de la totalidad de sus salarios".
"Lo sugestivo de este fallo es que el juez da lugar a que la CGT representa todos los trabajadores sindicalizados o no de la Argentina", explicó Daer.
Consultado sobre a partir de cuándo los trabajadores podrán percibir la totalidad de sus sueldos, Tomasone sostuvo que "la autoridad administrativa nacional tiene que comunicar esto a las diversas entidades bancarias y suponemos que en la semana se podría cobrar".
Ante la posibilidad de apelación, el letrado cegetista indicó que "seguramente el gobierno va a apelar, lo que ocurre es que el juez tiene la facultad de decidir si la medida no deja de tener efecto mientras se tramita en la Cámara".
Desacato
Ante la consulta de si un trabajador concurre a un banco la semana que viene y no le pagan, Tomasone dijo que "si el banco no fue notificado, habría un incumplimiento del funcionario público de no notificar a la institución bancaria, por lo cual incurriría en desacato".
"Si el banco recibió la notificación y no paga, entonces estaría haciendo una incautación indebida de fondos por lo cual no sería sólo responsable por los fondos, sino además por todos los prejuicios que ocasiona al trabajador".