El juez Ernesto Genesio condenó a ocho años y ocho meses de prisión a un hombre que mató de un balazo a un ladrón que había intentado asaltarlo. Para el magistrado, al desarmar al asaltante y efectuarle un disparo a quemarropa en el abdomen el imputado no actuó en defensa propia sino que cometió un asesinato por el que deberá ir a prisión.
La condena recayó sobre Luis Adrián Bustos, de 26 años, quien tres años atrás mató a Ramón Romero, de 25, cuando éste y dos cómplices intentaron asaltarlo a mano armada.
El crimen ocurrió la noche del 12 de diciembre de 1998, alrededor de las 21. A esa hora, Bustos caminaba por 27 de Febrero al 7400 junto a un albañil amigo que durante el día había realizado algunos arreglos en casa. Al terminar su tarea, el albañil le pidió que lo acompañara hasta la avenida de Circunvalación porque no quería atravesar solo una villa miseria de la zona.
En el trayecto, se detuvieron en un kiosco de la villa a comprar cigarrillos. En ese momento, mientras Bustos se encontraba dentro del local, tres asaltantes se acercaron al albañil y le robaron unos 150 pesos. Cuando Bustos salió del quiosco uno de los ladrones, Romero, se acercó, le apuntó con un revólver y le exigió dinero, pero Bustos resistió el atraco.
El hombre tomó al ladrón por el puño, lo despojó del arma y efectuó dos disparos, uno de los cuales hirió al asaltante en el abdomen. Romero, quien vivía con su hermana y su madre en una casilla de la zona, falleció cuando era trasladado al Hospital Carrasco por sus familiares. En tanto, el albañil logró escapar del lugar antes de que se produjeran los disparos.
Descargo
Seis días más tarde, Bustos se presentó espontáneamente en los Tribunales provinciales. En esa oportunidad reconoció que forcejeó con el ladrón pero no admitió haber sido el autor del disparo. "Escuché dos disparos y no vi nada más", dijo. Pero poco después amplió su declaración y dio otra versión de los hechos. "El ladrón salió corriendo por 27 de Febrero y yo tiré al bulto. Lo perseguí unos diez metros y pegué la vuelta. En ningún momento supe si le había pegado o no porque la zona estaba muy oscura", aseguró.
"A mi me asaltaron y me defendí. Disparé en defensa personal porque mi vida corría peligro. En principio negué haber disparado porque, como tengo antecedentes, tenía miedo de que no me creyeran", agregó.
El caso de Bustos generó distintas interpretaciones en la Justicia. Primero fue procesado como autor de un homicidio con exceso en la legítima defensa y quedó en libertad. Pero luego la Sala IV de la Cámara de Apelaciones entendió que no había actuado en defensa propia y volvió tras las rejas. Para los camaristas, las pruebas de la causa contradecían los dichos de Bustos: según la autopsia, el disparo fue efectuado a una distancia no mayor a 50 centímetros. Por eso quedó imputado de homicidio simple.
Ahora el juez Ernesto Genesio, secretaría de Ernesto Eiris, coincidió con el criterio de los camaristas y lo condenó a 8 años y 8 meses de prisión por ese crimen y por robar tres bicicletas de una casa México 1446, el 23 de marzo de 1998, junto a tres cómplices.