Si fuera por la ordenanza municipal que regula los espectáculos en Rosario, las canchas de fútbol quedarían casi vacías y los recitales podrían ser cualquier cosa menos masivos. Es que la norma vigente, aprobada hace poco más de dos meses, establece que en las presentaciones deportivas, musicales o teatrales que se hacen en locales cerrados o al aire libre no deberá haber menos de un metro cuadrado por asistente. Según varios especialistas, el criterio puede ser válido para bares, boliches o cantinas, pero atenta contra "cualquier lógica del espectáculo masivo".
El riesgo estriba en que la ordenanza acabe con los espectáculos populares o, en su defecto, que sencillamente no se pueda cumplir. En cualquiera de los dos casos, la validez de la norma en este punto queda entre signos de interrogación.
"Es un despropósito total, con ese criterio no se podría hacer nada popular ni masivo, empezando por los partidos de fútbol", se lamentó un productor de espectáculos local que pidió reserva de su identidad.
Uno que sí aceptó dar públicamente su opinión fue José Pepe Grimolizzi, uno de los productores con más trayectoria en la ciudad. El empresario sostuvo que aun cuando se contemple la máxima comodidad de los asistentes a un espectáculo, es decir, sentados en butacas, el cálculo no puede exceder los 40 centímetros cuadrados por persona, incluyendo el necesario espacio de circulación para pasar de un asiento a otro.
Se mezcló todo
La ordenanza, aún no reglamentada por el Ejecutivo, también fue criticada por el concejal Oscar Urruty, del PPS. "Es una barbaridad que resultó de homologar el factor de ocupación de un espectáculo público con el de otros espacios, como por ejemplo restobares, cantinas o boliches", advirtió.\El concejal cree que, de mantenerse la norma sin modificaciones, se llegaría al "absurdo de que no hubiera más espectáculos deportivos ni recitales".\Consciente de la necesidad de que se cambie el criterio, Urruty adelantó que junto a su compañera de bloque Analía Carrió pedirá una reunión con la Dirección de Registración e Inspección municipal para introducir una modificación en ese punto antes de que se reglamente. Caso contrario, propondrá que se elabore una ordenanza complementaria.