Año CXXXIV
 Nº 49.251
Rosario,
miércoles  26 de
septiembre de 2001
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Condenaron a la revista Noticias por un artículo sobre el ex presidente Menem
La demanda fue iniciada por una nota periodística referida a un presunto hijo extramatrimonial

La Corte Suprema de Justicia condenó ayer a la revista Noticias a indemnizar por "daños y perjuicios" al ex presidente Carlos Menem, en una causa originada en la publicación de artículos sobre un presunto hijo extramatrimonial del anterior jefe del Estado. La Corte convalidó un fallo a favor de Menem, quien había demandado a la Editorial Perfil y a los responsables periodísticos de la publicación.
Según indicaron fuentes oficiales, la Corte -en su acuerdo de ayer a la mañana- confirmó un fallo de la Sala H de la Cámara Civil, que había fijado una indemnización en favor de Menem por 150 mil pesos más intereses y ordenó la publicación de un extracto de la sentencia en la revista.
La Corte avaló la postura de Menem, quien sostuvo que la publicación de los artículos en los que mencionaba a su supuesto hijo extramatrimonial "configuraban un entrometimiento arbitrario en su esfera de privacidad", protegida por la Constitución nacional.
No obstante, redujo el monto de la indemnización a 60 mil pesos -que con los intereses rondaría la cifra inicialmente fijada por la Cámara, dijeron fuentes judiciales- ya que "si bien constituye un factor disuasivo de las conductas ilícitas, también podría convertirse, en caso de exceso, en factor de debilitamiento de la prensa responsable".
Noticias publicó, cuando Menem era aún presidente, una serie de artículos en los que informó sobre un supuesto hijo natural que el ex mandatario habría tenido con la diputada Marta Meza. El ex jefe de Estado demandó civilmente al director de Noticias, Jorge Fontevecchia; al editor responsable, Héctor D'Amico, y a la Editorial Perfil, y obtuvo fallo favorable en segunda instancia.
Pero los demandados llevaron a la Corte en recurso extraordinario alegando que "se había restringido ilegítimamente la libertad de prensa por cuanto la publicación se había limitado a informar ciertos aspectos de la vida privada" de Menem. Esos aspectos, dijeron los abogados de Perfil, "hacen a su personalidad de hombre público y, por lo tanto, constituían materia de interés general".
En cambio, para los ministros del tribunal, "en el caso de personajes célebres, cuya vida tiene carácter público, o de personajes populares, su actuación pública o privada puede divulgarse en lo que se relacione con la actividad que les confiere prestigio o notoriedad, y siempre que lo justifique el interés general, pero ese avance sobre la intimidad no autoriza a dañar la imagen pública o el honor de estas personas y menos sostener que no tienen un sector o ámbito de vida privada protegida de toda intromisión", agregó.
El fallo de la Corte en ningún momento hace alusión a la veracidad de la información publicada por Noticias. (DyN)



Carlos Menem deberá ser indemnizado por la revista.
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