Año CXXXIV
 Nº 49.247
Rosario,
sábado  22 de
septiembre de 2001
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Rige en Buenos Aires la ley de acoso sexual

Los funcionarios y empleados de la administración pública bonaerense podrán ser cesanteados o exonerados si se los encuentra responsables de conductas de acoso sexual en el ámbito laboral, según una ley aprobada por la Legislatura provincial.
La norma prohíbe el acoso sexual en las oficinas públicas, tipifica esa falta como grave y contempla duras sanciones para quien pida "favores sexuales" o cualquier conducta "verbal o física de naturaleza sexual" y, sobre todo, "use su condición jerárquica" para incurrir en conductas de acoso.
También prevé penas cuando la conducta del acosador tenga el propósito de interferir de manera irrazonable en el desempeño de las tareas o cuando se cree un ambiente laboral hostil, intimidante u ofensivo.
El proyecto establece que la investigación de la denuncia deberá tener carácter confidencial, a efectos de preservar la intimidad de la víctima, mientras que la sanción para el acoso sexual implicará, en primer término, una suspensión de 60 días.
Para los casos más graves, la norma prevé que el acosador pueda ser cesanteado o exonerado del ámbito de la administración pública. (Télam).


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