| | Reflexiones La titularización docente
| Alejandro Rébola (*)
La transformación del sistema educativo provincial requiere la consustanciación, acompañamiento y adecuación de todo el personal escolar que integra la planta de los establecimientos educativos. En dicho marco, es necesaria la generación de un contexto de estabilidad laboral que genere un ámbito favorable para quienes se desempeñan en el sector como reconocimiento al esfuerzo diario con que están haciendo posible la implementación de la reforma. Por ello, el gobierno provincial ha propiciado un proyecto de ley mediante el cual se otorga el derecho a su titularización al personal escolar docente interino, con desempeño al 31 de diciembre de 2000 y con continuidad a la fecha de la sanción de la norma que revista en horas cátedras o cargos vacantes, que no impliquen un ascenso en la carrera. La misma medida es propuesta para el personal no docente que se desempeña como interino. Los niveles comprendidos por el proyecto son Educación Inicial, Educación General Básica (incluye Modalidad Especial), Educación Primaria para Adultos, Educación General Básica para Adultos, Polimodal, Nivel Medio y Técnico y Nivel Medio para Adultos. Ha sido incluido también el personal docente que se venía desempeñando, al 31 de diciembre de 2000, en carácter de reemplazante en horas de cátedra y/o cargos que no impliquen ascenso en la carrera docente, en los niveles y modalidades arriba señaladas, con continuidad en tal desempeño durante el período escolar 2001, y que hubiese modificado su situación de revista a interino hasta la fecha de la sanción de la presente ley. Quedan exceptuados aquellos cargos y horas de cátedra que están afectados a concursos de ingreso ya convocados, y aquellos afectados a trámites de reincorporación a la docencia a la fecha de vigencia de la ley en cuestión. El presente proyecto es una ley especial y constituye una solución inédita ante la situación anormalmente extendida de docentes y no docentes en interinato, con la consabida inestabilidad laboral que tal condición conlleva. Es por todos reconocido que el ingreso a la docencia se produce a través del "régimen de suplencias" que establece un escalafonamiento de los aspirantes conforme a diversos parámetros y que, a la fecha, no ha recibido cuestionamientos acerca de su legitimidad. En virtud del mismo, los docentes, que actualmente revistan como interinos, han cubierto los cargos vacantes del sistema educativo provincial. Es decir, todos y cada uno de quienes hasta el presente son interinos, ingresaron al sistema en virtud de ese régimen de suplencias vigente. Más aún: son los docentes y no docentes que se encuentran en plena actividad, al frente de sus tareas. Mi gestión al frente de este ministerio ha cumplido un año el 1º de setiembre pasado. Al asumirla, he encontrado en situación de interinato una gran cantidad de cargos. Frente a ello adoptamos un mecanismo especial que parte de una realidad determinada por una reglamentación vigente no cuestionada y que, sobre todo, permitió hasta la fecha que los docentes ocuparan un cargo, trabajaran y dieran clases educando a nuestros alumnos y alumnas con idoneidad y dedicación.Conviene resaltar que esta iniciativa no sólo dotará de estabilidad a miles de trabajadores docentes y no docentes sino que, además, no afectará el trabajo de nadie que hoy se desempeñe en el sistema ni cambiará la situación de revista de aquellos no alcanzados por ella. También resulta conveniente recordar que en mi primer acto como ministro de Educación, al asistir a la Escuela Drago de Rosario, el día 5 de setiembre del año pasado, anticipé que "los docentes interinos tienen para mí la misma categoría que los titulares" (La Capital, 5/9/00). La titularización de los docentes y no docentes interinos se enmarca en ese camino y es el inicio, una etapa apenas, de un proceso de normalización que -una vez sancionado como ley este proyecto- aspira a convocar a concursos de ascenso en los distintos niveles del sistema educativo y a la elaboración de un nuevo régimen de ingreso a la docencia, más ágil, transparente y regionalizado. El mismo proyecto de ley, en forma expresa, reafirma mi compromiso y el de mi gestión de continuar con el mencionado proceso de normalización de las plantas escolares, algo que hemos manifestado en forma reiterada. A tal punto que proponemos la incorporación de un artículo en el que ratificamos la exigencia del sistema de concursos para acceder a la titularidad en los cargos docentes, y que especifica: "A partir de la vigencia de la presente ley, la titularidad en los cargos y las horas cátedra para el ingreso y ascenso en la docencia en los niveles y modalidades comprendidos en el artículo 1º se obtendrá a través de los concursos que oportunamente convoque el Ministerio de Educación, conforme la normativa vigente o la que en el futuro la sustituya". Considero, por último, un acto de honestidad partir de la realidad que tenemos, reconociéndola tal cual es, para mejorarla; y de absoluta sensibilidad y justicia social la decisión del Ejecutivo provincial de elaborar y enviar a la Legislatura esta iniciativa. No está demás recordar, en estos tiempos de crisis, que se está brindando estabilidad laboral a más de quince mil santafesinos, algo que, hoy por hoy, representa uno de los bienes más preciados por los trabajadores argentinos. (*) Ministro de Educación de la provincia de Santa Fe
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