Año CXXXIV
 Nº 49.230
Rosario,
miércoles  05 de
septiembre de 2001
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Dos años de prisión efectiva para un padre incumplidor

El juez correccional de Menores de la 1ª Nominación de Córdoba, Alberto Crucella, ratificó su condena de cárcel a un padre separado que no cumplió con la cuota alimentaria, y unificó la pena en dos años y dos meses de prisión efectiva. El condenado, de 40 años, y padre de once hijos, no cumplió con el aporte alimentario para los cinco hijos habidos con su primera mujer; por lo que en mayo pasado había sido condenado a un año de prisión.
El 24 de agosto, el Tribunal Superior de Justicia le concedió la libertad, al tiempo que ordenó dictar una nueva resolución al juez Crucella, quien no sólo ratificó su criterio anterior, sino que incrementó el castigo al unificarlo con una condena anterior.
En su pronunciamiento del mes pasado, el Tribunal Superior consideró que la resolución de Crucella era nula por contener fundamentos que se contraponían, y porque el juez no había contemplado la pena alternativa de multa en vez de prisión.
En su nueva sentencia, Crucella desechó esa posibilidad, al señalar que "pagando la multa al Estado, el incumplidor cumple con la ley, pero sigue incumpliendo el mandato legal en cuanto a la asistencia de la prole". El juez advirtió que "el acusado no sólo no ha cumplido dolosamente la asistencia alimentaria, sino que se ha burlado de la ley, del tribunal, de sus hijos y de la sociedad toda, que incontables veces creyó en su enmienda ante el discurso prometedor de cumplir con el deber de asistencia que tenía".
Por tanto, el magistrado volvió a imponer la sanción no excarcelable, y al unificarla con una condena condicional anterior contra el acusado, resultó en dos años y dos meses de prisión efectiva.


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