| | Media sanción a un plan de viviendas para los sectores medios Proponen financiar unidades de hasta 35 mil dólares. El fondeo se efectuará con capitales públicos y privados
| Un proyecto de ley que obtuvo media sanción de la Cámara de Senadores provincial crea un plan de construcción de viviendas para sectores medios de la población a financiar con fondos de capitales mixtos. El programa, que ahora pasó a consideración de la Cámara de Diputados, contempla la construcción de viviendas por un valor de hasta 35 mil pesos y edificios cuyo costo no supere los 700 mil pesos. El financiamiento se efectuará con aportes del sector privado de un 50 por ciento, y una parte igual del sector público con fondos provenientes del Fondo Provincial de la Vivienda (Foprovi). El plan tiende a canalizar el otorgamiento de préstamos a familias con cierto nivel de ingreso, a fin de afrontar la construcción de viviendas destinadas a residencia del grupo familiar, en calidad de vivienda propia y única, con tasas beneficiosas y la posibilidad de extender la financiación hasta 25 años de plazo, explicó el senador justicialista Daniel Depetris, autor de la iniciativa. "Con este proyecto apuntamos a ampliar las posibilidades de solucionar el problema habitacional de un sector de la sociedad que por contar con un nivel medio de ingresos puede afrontar una cuota mensual acorde", agregó. El programa habitacional reglamentado en la iniciativa votada por unanimidad en la última sesión ordinaria del Senado se denomina Viviendas con Financiación Compartida (Vifico) y "tiene ciertas particularidades que se agregan a la canalización de ahorros del sector privado a la construcción" además de "solucionar falencias que usualmente presentan los planes de viviendas estatales". Además, según se destaca en los fundamentos del proyecto, la actividad de la construcción "posee el privilegio de ser, por su efecto multiplicador sobre el resto de la economía, una de las mayores reactivadoras y generadoras de puestos de trabajo". La norma incorpora al sistema en carácter de operadores privados a cooperativas, mutuales, consorcios, asociaciones sindicales e instituciones privadas, incluso de localidades pequeñas y medianas. A estas organizaciones les asigna en distintas etapas de la operatoria, entre otras atribuciones, la selección de adjudicatarios y el recupero de las cuotas resultantes. A la vez dichos operadores privados deben asumir "la figura de principal pagador ante la provincia y la responsabilidad de constitución y ejecución de garantías". La Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo actuará como autoridad de aplicación, según establece el articulado del proyecto de ley. El organismo también será responsable de supervisar la marcha del programa y reglamentar los aspectos técnicos del mismo.
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