| | La presentación la efectuó una pensionada y empleada de la Ansés Un fallo impide aplicar el recorte a una rosarina
| El Poder Ejecutivo nacional no podrá aplicar el ajuste a una pensionada rosarina, que además se desempeña como empleada de la Ansés. Así lo determinó un fallo conocido ayer, en el marco de una causa iniciada por María Clara Cámpora contra el Estado nacional en torno del decreto que habilitó el plan de reducción salarial para empleados y jubilados estatales. Por otra parte, ayer se conoció que la jueza laboral Sara Nieves Silva ordenó al gobierno suspender la poda de salarios del sector público. En plena feria judicial en Buenos Aires, Silva habilitó el tribunal a cargo para dictar una medida de "no innovar" solicitada por la Central de Trabajadores Argentinos (CTA), la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y la Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (Utpba), entre otros. En cuanto al caso local, la pensionada, representada por el abogado Tristán Alvarez, inició una demanda de amparo contra el Ejecutivo Nacional y contra la Administración Nacional de Seguridad Social, para declarar la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del decreto 849/01, que aplica el recorte del 13% en salarios y jubilaciones del Estado. En el escrito de la jueza que entiende en la causa, Liliana Arribillaga, se especifica que Cámpora, viuda y con tres hijos, percibe una pensión y un sueldo que "apenas le permiten afrontar los gastos de manutención de su familia". Agrega el fallo que el decreto en cuestión "es ilegal al enfrentarse a las normas de la ley laboral y constitucional que cita, y arbitrario, en tanto en la actualidad percibe salario y pensión, que son derecho adquirido". Por lo tanto, la Justicia determinó que el Estado no podrá recortar los haberes de Cámpora.
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