La Justicia condenó a tres años de prisión por homicidio con exceso en la legítima defensa a un policía que mató a un joven en noviembre de 1997. Como el suboficial estaba detenido desde la fecha del hecho, la pena se consideró cumplida y el condenado ya está libre. El juez que dictó la sentencia también recomendó a un fiscal que analice la posibilidad de ordenar una investigación sobre el sumario policial del caso. El magistrado tiene motivos para sospechar que los uniformados inventaron pruebas con el objeto de montar un supuesto intento de robo a mano armada de la víctima contra el homicida y justificar así la reacción de su colega.
El condenado es el cabo primero Ramón Orlando Sosa, de 47 años, quien el 9 de noviembre de 1997 asesinó a José Luis Camos, de 22. El uniformado disparó tres veces su Browning 9 milímetros y dos de los proyectiles impactaron en el cuerpo de la víctima. Camos murió enseguida, cuando lo llevaban a un hospital.
El crimen fue en la calle Fraga al 900 bis, en el barrio Empalme Graneros. Ocurrió cuando Camos supuestamente quiso abrir el auto de Sosa, que estaba estacionado frente a su casa, y fue sorprendido por el suboficial. Ambos discutieron violentamente y en medio de la pelea el joven arrojó una piedra contra el rostro del policía. Sosa ya había amenazado con usar su arma. "Llevátelo porque lo mato", llegó a gritarle a la madre de Camos, que presenció el episodio. Finalmente lo hizo y mató a su contrincante.
Una versión bajo sospecha
La investigación quedó a cargo de la comisaría 20ª, que tiene jurisdicción en el barrio. Allí se dijo que Camos tenía un revólver y que estuvo a punto de disparar contra Sosa. De hecho, en el escenario apareció un revólver calibre 32 y en la puerta del auto de Sosa había una tijera.
El caso se presentó a la prensa como un intento de robo a mano armada. Así apareció al día siguiente en todos los medios, incluso en La Capital. Pero los familiares de Camos reaccionaron y al día siguiente salieron a contar otra historia. Según ellos, el chico era conflictivo pero no usaba armas y tampoco lo había hecho aquel día, cuando discutió con Sosa.
Además ocurrió algo inesperado: una mujer que supuestamente había declarado que Camos la asaltó minutos antes amenazándola con un revólver, confirmó el atraco pero negó que estuviera armado. Así, la versión oficial de la seccional 20ª quedó en evidencia como una maniobra para ayudar al policía y presentar el caso como un homicidio en defensa propia.
Al tiempo Sosa fue procesado por el juez Carlos Alberto Carbone y posteriormente enjuiciado en el juzgado de Sentencia Nº 6, que está a cargo de Alberto González Rímini. Este magistrado consideró probado que hubo una agresión de Camos hacia el policía, quien efectivamente recibió un piedrazo en el rostro y prácticamente quedó ciego. Pero al mismo tiempo el juez evaluó que el ataque no tuvo suficiente entidad como para justificar semejante reacción del cabo primero. Por eso lo condenó por exceso en la legítima defensa.En cuando a la conducta de los policías de la comisaría 20ª, ya existe un expediente judicial donde los máximos responsables (un comisario y un subcomisario) aparecen imputados de falsificación de instrumento público y alteración de pruebas e instrumentos del delito. Ambos serían responsables de haber plantado indicios para perjudica a Camos y ayudar a Sosa.